Ayudas de apoyo a departamentos y unidades de investigación universitarios para la contratación de personal investigador predoctoral en formación en Cataluña (FI_SDUR).

Código de ayuda:

S09491/22

Norma:

RESOLUCIÓN REU/357/2022, de 16 de febrero.

Plazo de Solicitud:

A determinar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular las ayudas dirigidas a las universidades del sistema universitario de Cataluña para impulsar la capacidad investigadora de sus departamentos mediante la contratación de personal investigador predoctoral en formación. El programa FI_SDUR tiene como objetivo fomentar y consolidar estrategias y políticas científicas conjuntas entre los departamentos universitarios y su entidad de adscripción, con el fin de que desarrollen actividades de investigación de impacto internacional y que fortalezcan la generación de conocimiento fronterizo y su transferencia.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Investigación y Universidades (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Pueden beneficiarse de estas ayudas las universidades del sistema universitario de Cataluña. Las universidades solicitantes que sean beneficiarias de la ayuda serán las responsables de contratar al personal predoctoral en formación con destino a sus departamentos. Deben cumplir los requisitos previstos en estas bases y en la convocatoria correspondiente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos subvencionables de las ayudas son los siguientes:

a) El gasto contractual generado durante el periodo de tres años y que incluye el salario y la cuota patronal de la Seguridad Social. El importe de la ayuda se establecerá tomando como referencia la retribución establecida en el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación.

No se considerarán subvencionables los gastos de contratación generados durante las situaciones previstas en la base 5.2 que suspenden el cómputo de la ayuda ni los gastos de las jornadas de huelga realizadas por la persona investigadora contratada.

Las universidades beneficiarias deben asumir cualquier coste de contratación que exceda de la ayuda otorgada, derivado tanto de los incrementos retributivos de los salarios del personal investigador, incrementos de las cuotas empresariales de la Seguridad Social como de los incrementos causados por cualquier otra circunstancia o modificación del marco legislativo.

b) La ayuda dirigida a la financiación de actividades formativas en los términos dispuestos en el apartado III de estas bases reguladoras y con un importe de 3.000,00 euros para la totalidad de los tres años de contrato.

c) Los costes establecidos de la dirección, tutela y evaluación continua de la tesis doctoral durante la vigencia de la ayuda, de conformidad con el decreto por el que se fijan los precios de los servicios académicos en las universidades públicas de Cataluña y en la Universitat Oberta de Catalunya vigente en el momento de resolverse la convocatoria. No son subvencionables los gastos para la gestión del expediente académico.

Documentos asociados

Boletín: 22/02/2022
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8611
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento