Ayudas de apoyo a departamentos y unidades de investigación universitarios para la contratación depersonal investigador predoctoral en formación en Cataluña (FI_SDUR).

Código de ayuda:

S65719/20

Norma:

RESOLUCIÓN EMC/3345/2020, de 16 de diciembre. RESOLUCIÓN EMC/503/2021, de 19 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Del 1 de marzo de 2021 y hasta el 15 de marzo de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir la convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas de apoyo a
departamentos y unidades de investigación universitarios para contratar personal investigador predoctoral en formación en Cataluña (FI_SDUR).

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Conocimiento (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Pueden beneficiarse de estas ayudas las universidades del sistema universitario de Catalunya. Las
universidades solicitantes que sean beneficiarias de la ayuda serán las responsables de contratar al personal predoctoral en formación con destino a sus departamentos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) El gasto contractual generado durante el período de tres años y que incluye el salario y la cuota patronal de la Seguridad Social. El importe de la ayuda se establecerá tomando como referencia la retribución establecida en el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación.

Las universidades beneficiarias pueden incrementar el sueldo del personal contratado respetando siempre las incompatibilidades que prevén estas bases reguladoras. Este incremento de retribución debe comunicarse a la AGAUR, debe constar en el contrato y debe hacerse de acuerdo con la legislación laboral y fiscal vigente y con los convenios colectivos correspondientes.

Las universidades beneficiarias deben asumir cualquier coste de contratación que exceda de la ayuda otorgada, derivado tanto de los incrementos retributivos de los salarios del personal investigador, incrementos de las cuotas empresariales de la Seguridad Social como de los incrementos causados por cualquier otra circunstancia o modificación del marco legislativo.

b) La ayuda dirigida a la financiación de actividades formativas en los términos dispuestos en el apartado III de estas bases reguladoras y con un importe de 3.000,00 euros para la totalidad de los tres años de contrato.

c) Los costes establecidos de la dirección, tutela y evaluación continua de la tesis doctoral durante la vigencia del contrato de conformidad con el decreto por el que se fijan los precios de los servicios académicos en las universidades públicas de Catalunya y en la Universitat Oberta de Catalunya vigente en el momento de resolverse la convocatoria. Para acceder a esta ayuda, es necesario que la persona investigadora haya completado un mínimo de tres meses de contrato. No son subvencionables los gastos para la gestión del expediente académico.

Documentos asociados

Boletín: 22/12/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8301
Documento: Bases Reguladoras 2021 Descargar Documento
Boletín: 26/02/2021
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8351
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento