Ayudas de alojamiento para fomentar la integración de los nuevos estudiantes de la Universidad de las Illes Balears en la vida académica del campus universitario durante el curso 2019-2020.

Código de ayuda:

S50446/19

Norma:

Resolución de 29 de agosto de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder ayudas de alojamiento para fomentar la integración de los nuevos estudiantes de la Universidad de las Illes Balears en la vida académica del campus universitario durante el curso 2019-2020.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Educación, Universidad e Investigación (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la convocatoria es de un máximo de 43.740,00 euros, con la distribución por anualidades siguiente:

- Año 2019: 14.580,00 euros;

- Año 2020: 29.160,00 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Estudiantes de la Universidad de las Illes Balears que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.

Requisitos:

a)Los solicitantes tienen que tener la nacionalidad española o de algún estado miembro de la Unión Europea. Las personas extranjeras no comunitarias tienen que acreditar la condición de residentes. Quedan excluidas de concurrir las que se encuentren en situación de estancia b) Tienen que cursar en la Universidad de les Illes Balears 42 créditos o más del primer curso de una única titulación universitaria
oficial de grado durante el año académico 2019-2020. En el caso de solicitantes que cursen estudios correspondientes a una programación conjunta de enseñanzas oficiales (PCEO) o doble grado, los créditos pueden ser de cualquiera de las dos titulaciones que componen la PCEO.

c) Tienen que tener el domicilio familiar en cualquier municipio de las islas de Menorca, Eivissa o Formentera. En el caso de solicitantes de Mallorca, tienen que tener el domicilio familiar en cualquiera de los municipios siguientes: Pollença, Alcúdia, Muro, Santa Margalida, Artà, Capdepera, Son Servera, Sant Llorenç, Manacor, Felanitx, Santanyí y Ses Salines. A tal efecto, se entiende que tienen el domicilio familiar en las Illes Balears las personas que tienen vecindad administrativa en cualquiera de los municipios mencionados.

Documentos asociados

Boletín: 07/09/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 123
Documento: Bases y Convocatoria 2019 Descargar Documento
Boletín: 07/09/2019
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 123
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento