Ayudas de acciones formativas dirigidas a personas desempleadas para su realineamiento profesional.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S03991/23

Norma:

RESOLUCIÓN 24722E/2022, de 24 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 01 de julio de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. Estas bases tienen por objeto regular el procedimiento de concesión de subvenciones para la ejecución de acciones formativas dirigidas a personas desempleadas para su realineamiento profesional en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra.

2. Las acciones formativas impulsarán el reciclaje, el perfeccionamiento y el desarrollo profesional en los ámbitos laborales relacionados con las prioridades derivadas del Plan de estrategia de especialización inteligente de Navarra S4, determinadas cadenas de valor del Plan de la Industria Navarra y las ocupaciones cuya tendencia de contratación es positiva, cuyo detalle se recoge en el anexo II de estas bases.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Empleo
  • Formación
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Servicio Navarro de Empleo-Nafar Lansare (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria las entidades de formación públicas o privadas, incluidos los Centros Integrados de Formación Profesional de titularidad privada, inscritas en el correspondiente Registro de Entidades de Formación para impartir las especialidades formativas objeto de la subvención, debiendo disponer en la Comunidad Foral de Navarra, con anterioridad a la realización de las actividades de divulgación de la acción formativa, de instalaciones debidamente inscritas que permitan la impartición de las especialidades formativas solicitadas.

Aquellas entidades que deseen impartir la formación en instalaciones diferentes a las inscritas deberán indicar, con anterioridad a la realización de las actividades de divulgación, las instalaciones o
locales que utilizarán para la impartición y aportar el correspondiente acuerdo o contrato de disponibilidad. En todo caso, dichas instalaciones deberán estar inscritas para las acciones formativas solicitadas en los mismos plazos que las de las entidades solicitantes.

2. No podrán tener la condición de beneficiarias aquellas personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias a que se refiere el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 13/01/2023
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 9
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento