Ayudas de acción social para el personal de la Dirección Gerencía del Servicio Cántabro de Salud.

Código de ayuda:

S69800/09

Norma:

Orden SAN/31/2009, de 28 de octubre. Decreto 85/2005, de 21 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/11/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación del contenido, procedimiento de gestión y resolución de las ayudas de acción social que se detallan a continuación:

- Vivienda.

- Estudios.

- Hijo menor de tres años.

- Hijo discapacitado.

- Gastos sanitarios.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Sanidad y Servicios Sociales (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Con independencia de las cuantías máximas a abonar en concepto de cada una de las ayudas reguladas en esta Orden, se establece un fondo de 300 euros para cubrir aquellos imprevistos que se deriven del cumplimiento de la misma.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

El personal que, ocupando un puesto de trabajo en la Dirección Gerencia del Servicio Cántabro de
Salud, se encuentre incluido en el ámbito establecido en el artículo 4 de la Ley 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública, en función de la naturaleza jurídica de su relación con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y del tipo de ayuda a conceder.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Vivienda.

- Estudios.

- Hijo menor de tres años.

- Hijo discapacitado.

- Gastos sanitarios.

Requisitos:

a) Funcionarios de carrera y personal laboral fijo que se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
- Servicio Activo.
- Servicios Especiales.
- Excedencia por cuidado de familiares.
- Excedencia, o suspensión del contrato de trabajo en su caso, por razón de violencia de género.
- Excedencia Forzosa.

b) Funcionarios interinos y personal laboral temporal, siempre que en la fecha de publicación de la convocatoria se encuentren prestando servicios efectivos en la Dirección Gerencia del Servicio Cántabro de Salud, y además tengan acreditado un tiempo igual o superior a 6 meses de servicios en el año anterior a la fecha de publicación de esta convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 02/08/2005
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 147
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 10/11/2009
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 216
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 27/11/2009
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 229
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento