Ayudas de accion social para el personal al servicio del Centro de Estudios de la Administracion Publica Regional de Cantabria - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S74119/08

Norma:

Orden PRE/112/2008, de 28 de noviembre. Decreto 85/2005, de 21 de julio. Orden PRE/76/2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/12/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. La regulación del contenido, procedimiento de gestión y resolución de las ayudas de acción social que se detallan a continuación:

- Vivienda.
- Estudios.
- Hijo menor de tres años.
- Hijo discapacitado.
- Gastos sanitarios.

2. Las ayudas que se regulan en la presente Orden quedan convocadas con independencia de la acción
social que con carácter permanente viene siendo prestada por la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria de conformidad con lo establecido en los artículos 15 y 16 del Decreto 85/2005.

Categorías Subvención

  • Formación
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

1. Podrá solicitar las ayudas convocadas el personal al servicio del organismo autónomo Centro de Estudios de servicio del organismo autónomo Centro de Estudios de la Administración Pública Regional de Cantabria que se encuentre incluido en el artículo 4 de la Ley 4/1993, de 10 de marzo, de Función Pública, en función de la naturaleza jurídica de su relación con esta Administración y del tipo de ayuda a conceder, que, con carácter general y sin perjuicio de las especialidades que se puedan establecer para cada tipo de ayuda, cumplan con los requisitos que se especifican a continuación:

a) Funcionarios de carrera y personal laboral fijo que se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
- Servicio activo.
- Servicios especiales.
- Excedencia por cuidado de familiares.
- Excedencia, o suspensión del contrato de trabajo en
su caso, por razón de violencia de género.
- Excedencia forzosa.

b) Funcionarios interinos y personal laboral temporal, siempre que en la fecha de publicación de la convocatoria se encuentren prestando servicios efectivos al Centro de Estudios de la Administración Pública Regional de Cantabria y además tengan acreditado un tiempo igual o superior a seis meses de servicios en el año anterior a la fecha de publicación de esta convocatoria.

2. Está expresamente excluido del ámbito de aplicación de la presente Orden de convocatoria el personal señalado en el artículo 2.1 del Decreto 85/2005, de 21 de julio.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Ayuda de vivienda.

b) Ayuda de estudios.

c) Ayuda por hijo menor de tres años.

d) Ayuda por hijo discapacitado.

e) Ayuda por gastos sanitarios.

Documentos asociados

Boletín: 02/08/2005
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 147
Documento: Decreto 85/2005, de 21 de julio Descargar Documento
Boletín: 09/12/2008
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 237
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín: 24/11/2009
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 226
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento