Ayudas de acción social a favor de los funcionarios docentes no universitarios, por las contingencias producidas en el año 2004.

Código de ayuda:

S00246/02

Norma:

Regulación en DECRETO 10/2002, de 22 de enero. ORDEN de 15 de noviembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Se establecerá en la correspondiente convocatoria. Por las contingencias producidas en 2004, hasta el 30 de diciembre de 2005.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las normas reguladoras del sistema de prestaciones de Acción Social en favor de los empleados públicos docentes no universitarios.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Educación, Cultura y Deporte (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Quienes en la fecha de producirse el hecho causante se encontrasen en alguna de las siguientes situaciones:

a) Funcionarios docentes y personal laboral, cuya relación contractual sea de carácter indefinido y desarrolle función docente en educación no universitaria, al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
b) Personal docente de nuevo ingreso incorporado a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón por los sistemas legalmente establecidos, que percibirá, en su caso, la prestación o ayuda en cuantía proporcional al tiempo de servicios efectivos prestados, computándose a estos efectos, si lo hubiera, el periodo de prácticas.
c) Personal funcionario docente que se haya incorporado a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón por los sistemas de provisión legal. Este personal percibirá, en su caso, la prestación o ayuda en cuantía proporcional al tiempo de servicios efectivos prestados durante el año.
d) Funcionarios interinos docentes que hayan prestado servicios en el Departamento de Educación y Ciencia de la Comunidad Autónoma de Aragón, el curso escolar completo.
e) El cónyuge o hijos de cualquiera de los beneficiarios anteriores cuando hubiesen fallecido encontrándose en situación de servicio activo o asimilada, dentro del año en que se produzca el hecho causante.
f) Los empleados públicos, incluidos en los apartados a), b) y c) anteriores, que se hayan jubilado o cesado en su relación de servicios con la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón dentro del año en que se produzca el hecho causante.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las ayudas a otorgar con cargo al Fondo de Acción Social son las siguientes:
a) Ayudas para guarderías.
b) Ayudas de estudios para hijos y huérfanos de empleados.
c) Ayuda de estudios para empleados.
d) Ayuda para gastos de sepelio.
e) Ayudas para situaciones de necesidad.

Documentos asociados

Boletín: 04/02/2002
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 15
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 25/11/2005
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 140
Documento: Convocatoria para 2004 y Anexos Descargar Documento