Ayudas de ICEX España Exportación e Inversiones E.P.E., para actividades cuya realización esté prevista del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024.

Código de ayuda:

S40555/23

Norma:

RESOLUCIÓN de 5 de diciembre de 2023. Resolución de 21 de noviembre de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de diciembre de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la concesión de entregas dinerarias sin contraprestación a las Asociaciones o Federaciones Españolas de Exportadores o Entidades similares reconocidas como Entidades Colaboradoras de ICEX con las que se haya firmado el correspondiente Convenio cuyo objeto sea el apoyo a la promoción de la internacionalización de la empresa española a través de determinadas actividades cuya realización esté prevista del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2024.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias las asociaciones o federaciones españolas de exportadores o entidades similares reconocidas como entidades colaboradoras de ICEX con las que se haya firmado el correspondiente Convenio.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Soportes de difusión y promoción. ICEX podrá requerir la inclusión de su logo o del Ministerio de adscripción en el material promocional. Los conceptos susceptibles de ser objeto de la ayuda son el diseño, la creación y la impresión del material.

b) Pabellones Informativos Sectoriales (tanto presenciales como virtuales). Los conceptos susceptibles de ser objeto de la ayuda son el alquiler de espacio o similar en formatos virtuales (aquí estarán incluidos los suministros de feria y arrendamiento de equipos, así como la cuota de inscripción en la feria cuando esta sea obligatoria pagarla a la organización ferial para poder participar en la feria), decoración y gastos de promoción (publicidad, catálogo, etc.).

c) Stand de la entidad colaboradora en ferias con asociaciones (FA), en ferias tanto presenciales como virtuales.

d) Compra de documentación externa ya elaborada. El concepto susceptible de ser objeto de la ayuda es la adquisición de la documentación (bases de datos y cualquier otro tipo de documentación o informes, independientemente del soporte, que se adquiera a terceros).

e) Jornadas Técnicas de Asociaciones. El concepto susceptible de ser objeto de la ayuda son los gastos inherentes a la organización y desarrollo de jornadas técnicas, tanto presenciales como virtuales.

f) Bolsas de Viaje. Viajes necesarios para la asistencia de los representantes de las Entidades Colaboradoras a distintas actividades promocionales en el extranjero como Misiones de Estudio, Ferias con Asociaciones, Exposiciones, Misiones Directas o Jornadas Técnicas de Asociaciones. No se concederán Bolsas de Viaje dentro del ámbito de la Unión Europea.

g) Otras actividades de internacionalización.

Documentos asociados

Boletín: 08/12/2023
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 293
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 08/12/2023
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 293
Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento
Boletín: 08/12/2023
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 293
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento