Ayudas de Emergencia Social.

Código de ayuda:

S53691/14

Norma:

Santa Cruz de Bezana, 2 de diciembre de 2014.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de Prestación de Ayudas de Emergencia Social.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Ayuntamiento de Santa Cruz de Bezana (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Cada ayuda tendrá una cuantía máxima de 750 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas que se encuentren en alguna de las situaciones de grave o urgente necesidad definidas en el artículo 1.2 y que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se consideran prestaciones de emergencia social aquellas prestaciones económicas de pago único y carácter extraordinario concedidas a unidades perceptoras a las que sobrevengan situaciones no previsibles de necesidad, que les provoquen la privación de los medios imprescindibles para cubrir sus necesidades básicas, siendo su finalidad dispensarles una atención mínima y urgente en el momento en que aquellas se produzcan.

Requisitos:

a) Ser mayor de edad o mayor de dieciséis años emancipado por decisión judicial.

b) No disponer de recursos suficientes para afrontar los gastos específicos contemplados en el artículo anterior.

c) Haber solicitado y habiendo sido denegadas otras prestaciones económicas y ayudas de los servicios sociales que puedan cubrir de forma idónea las concretas situaciones de necesidad.

d) Estar empadronado en el municipio de Santa Cruz de Bezana con una antigüedad superior a 6 meses.

e) No haber percibido otra ayuda de las mismas características en el mismo año natural en el que se solicita.

f) Acreditar insuficiencia de recursos entendida ésta como la falta de recursos superiores al salario mínimo interprofesional vigente que se incrementará en un 10% por cada miembro adicional que forme parte de la unidad perceptora.

Documentos asociados

Boletín: 10/12/2014
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 237
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento