Ayudas de Accion Social, ejercicio 2008, del personal funcionario al servicio de la Administracion de Justicia en la Comunidad Autonoma de Andalucia.
Código de ayuda:
S75455/08Norma:
Resolucion de 4 de diciembre de 2008.Plazo de Solicitud:
Hasta el 31/01/2009. La ayuda por defunción se solicitará en el plazo máximo de seis meses a partir de fecha del fallecimiento.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Concesión de ayudas de Acción Social para el personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuya gestión corresponde a esta AdministraciónAutónoma, a través de un procedimiento de concurrencia competitiva.
Categorías Subvención
Discapacidad / Personas con discapacidad
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública (Andalucía)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar las prestaciones de las distintas modalidades de ayudas el personal funcionario titular o interino al servicio de la Administración de Justicia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuya gestión corresponde a esta Administración Autónoma, pertenecientes a los siguientes Cuerpos:- Médicos Forenses.
- Gestión Procesal y Administrativa.
- Tramitación Procesal y Administrativa.
- Auxilio Judicial.
Asimismo, podrán participar los huérfanos y el cónyuge viudo, o persona que se encontrase en situación de hecho asimilable a la matrimonial, del personal que en el momento de su fallecimiento estuviera incluido en alguno de los colectivos a que se refiere el apartado anterior, siempre y cuando el o la
solicitante conviviese en el mismo domicilio que el causante en el momento del óbito y este último reuniese los requisitos exigidos en los apartados c), d) y e) del siguiente punto 4 de la presente Base.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Ayuda por estudios de funcionarios.b) Ayuda a minusválidos.
c) Ayuda por hijos menores de 18 años.
d) Ayuda por estudios de hijos mayores de 18 años.
e) Ayuda por alquileres.
f) Ayuda por defunción.
Documentos asociados
Boletín:
17/12/2008
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 249
Documento: Bases Convocatoria y Anexos Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 249
Documento: Bases Convocatoria y Anexos Descargar Documento