Ayudas correspondientes al subprograma INNFLUYE, dentro de la linea instrumental de Articulacion e Internacionalizacion del Sistema, en el marco del Plan Nacional de Investigacion Cientifica, Desarrollo e Innovacion Tecnologica, 2008-2011.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S29464/11

Norma:

Orden CIN/1293/2011, de 11 de mayo. Orden CIN/1559/2009, de 29 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/06/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La aprobación de la convocatoria y el desarrollo del procedimiento de concesión para el año 2011, de las ayudas del subprograma INNFLUYE.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Exportación / Internacionalización
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Empresas.

b) Centros tecnológicos de ámbito estatal.

c) Centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal.

d) Centros universitarios privados de investigación y desarrollo.

e) Otros centros privados de investigación y desarrollo sin ánimo de lucro.

f) Organismos públicos de investigación a los que se les aplique la Ley 13/1986, de 14 de abril.

g) Universidades públicas y sus departamentos e institutos universitarios.

h) Otros centros públicos de investigación y desarrollo.

i) Otras entidades privadas sin ánimo de lucro.

j) Otras entidades de derecho público.

k) Agrupaciones o asociaciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Acciones de difusión.

b) Foros de intercambio de información o de trabajo.

c) Actuaciones encaminadas a promover la cooperación entre entidades para el desarrollo de proyectos.

d) Actuaciones de difusión y análisis.

Requisitos:

a) Debe ser una organización estable, con vocación de permanencia en el tiempo, que tenga relevancia para impulsar la asociación entre los agentes públicos y privados de un sector (empresas, centros tecnológicos, organismos de investigación públicos y privados, universidades, etc.), con el objetivo de identificar y dar prioridad a las necesidades de investigación, tecnológicas y de innovación necesarias en ese sector a medio o largo plazo.


b) Dado que por su propia naturaleza las Plataformas Tecnológicas pueden contar con un número de entidades integrantes muy elevado, deberán contar con un Consejo Gestor formado por miembros de la propia Plataforma Tecnológica, que facilite la realización de las tareas de gestión, coordinación e interlocución con la Administración General del Estado.

Documentos asociados

Boletín: 13/06/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 143
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 21/05/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 121
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento