Ayudas correspondientes a programas de actuación en favor de las entidades gallegas en el exterior.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S09637/23

Norma:

RESOLUCIÓN de 17 de enero de 2023. RESOLUCIÓN de 15 de marzo de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de abril de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, en favor de las entidades gallegas del exterior para gastos de funcionamiento y para proyectos de actuación dirigidos al cumplimiento de sus fines, concretamente en las áreas sociales, de juventud, formativas, culturales, que persigan el mantenimiento o el fomento de los lazos con Galicia, que se concretan en los siguientes programas de actuación:

Programa 1. Gastos de funcionamiento de las entidades gallegas del exterior.

Programa 2. Proyectos culturales, sociales, de acciones informativas y proyectos promovidos por la juventud.

Programa 3. Acciones de especial relevancia.

Programa 4. Participación en la reunión del pleno del XIII Consejo de Comunidades Gallegas.

2. Asimismo, es objeto de esta resolución proceder a la convocatoria de dichas subvenciones para el año 2023.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Xunta de Galicia (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Entidades de América y Oceanía: 2.000 €.

Resto de entidades: 500 €.

En el supuesto de entidades que tengan la sede social en Argentina y Cuba, la Secretaría General de la Emigración se hará cargo, con un límite de 2.000 euros por entidad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones establecidas para los programas 1, 2 y 3 de esta convocatoria las entidades gallegas inscritas en el Registro de la Galleguidad en cualquiera de las categorías que figuran en la Ley 7/2013, de 13 de junio, de la galleguidad.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones del programa 4 las entidades gallegas inscritas en el Registro de la Galleguidad en la categoría de comunidad gallega.

2. A los efectos de lo previsto en el artículo 10.2.f) de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, dada la naturaleza de las subvenciones reguladas en la presente convocatoria y que las beneficiarias son entidades gallegas sin ánimo de lucro, quedan exceptuadas de la prohibición de recibir estas ayudas las entidades que tengan la residencia fiscal en los territorios identificados reglamentariamente como paraísos fiscales, siempre que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos para acceder a la condición de beneficiarias de la subvención de que se trate.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables al amparo de cada programa los gastos y proyectos que se indican en el capítulo II, disposiciones específicas de esta convocatoria.

Solo podrán ser subvencionados gastos o proyectos que se vayan a ejecutar en el plazo comprendido entre el 1 de octubre de 2022 y el 30 de septiembre de 2023, para los programas 1 y 2, y entre el 1 de noviembre de 2022 y el 31 de octubre de 2023, para el programa 3. Asimismo, el período subvencionable para lo programa 4 es el comprendido entre el 1 de enero y el 15 de noviembre de 2023.

El importe de la subvención en los programas 1, 2 y 3 será como máximo del 80 % del coste total previsto en la solicitud. En caso de que el importe solicitado supere esa cifra, no se tendrá en cuenta el exceso.

En el programa 4 la cuantía de la subvención será de hasta el 100 % del coste total previsto.

Para fijar el importe individual de cada subvención deberán tenerse en cuenta además los límites establecidos en el artículo 4.

Documentos asociados

Boletín: 16/02/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 33
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2023 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 16/02/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 33
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 23/03/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 58
Documento: Modificación Descargar Documento