Ayudas correspondientes a la convocatoria Plataformas Tecnológicas y de Innovación del Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023.

Código de ayuda:

S62519/18

Norma:

Orden ECC/1780/2013, de 30 de septiembre. Resolución de 10 de diciembre de 2018. Resolución de 23 de septiembre de 2019. Resolución de 19 de mayo de 2020. Resolución de 18 de octubre de 2022.

Plazo de Solicitud:

Desde el 3 de noviembre de 2022 y finalizará el 22 de noviembre de 2022 a las 14:00 horas.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objetivo de la convocatoria es la creación y consolidación de Plataformas Tecnológicas y de Innovación que impulsen la mejora de la capacidad tecnológica y la competitividad creciente del sector productivo nacional realizando actividades de intercambio de conocimientos, de planificación y de difusión.

Categorías Subvención

  • Cooperación empresarial
  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Ciencia e Innovacion ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima destinada a financiar esta convocatoria es de 6.000.000 de euros, con cargo al presupuesto de gastos de la Agencia Estatal de Investigación para el año 2023, y equivalentes de ejercicios posteriores, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

De acuerdo con los límites establecidos en el artículo 3.2 del Reglamento (UE) nº 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, las ayudas reguladas en esta convocatoria no podrán superar en ningún caso, ni individualmente ni como resultado de la acumulación con otras ayudas de minimis concedidas a la misma entidad, el importe máximo total de 200.000 euros durante el ejercicio fiscal en curso y los dos anteriores. Este límite será de 100.000 euros para las empresas
que realicen por cuenta ajena operaciones de transporte de mercancías por carretera.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán tener la condición de beneficiarias las entidades que dispongan de personalidad jurídica propia, desarrollen actividades económicas, estén válidamente constituidas en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda, tengan residencia fiscal, o un establecimiento permanente en España y pertenezcan a alguna de las siguientes categorías, tal y como se definen en el artículo 4. a) de las bases reguladoras:

a) Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley de la Ciencia.

b) Universidades públicas y sus institutos universitarios.

c) Otros centros públicos de I+D: Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos, o participados mayoritariamente por el sector
público, cualquiera que sea su forma jurídica.

d) Centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal válidamente inscritos en el momento de la presentación de la solicitud en el registro de centros regulado por el Real Decreto 2093/2008, de 18 de diciembre, por el que se regulan los Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica de ámbito estatal y se crea el Registro de tales centros.

e) Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen y/o gestionen actividades de I+D, cualquiera que sea su forma jurídica.

f) Empresas, entendiendo como tales a toda sociedad mercantil, independientemente de su forma jurídica, que de forma habitual ejerza una actividad económica dirigida al mercado.

g) Asociaciones empresariales sectoriales.

Documentos asociados

Boletín: 02/10/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 236
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 15/12/2018
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 302
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 15/12/2018
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 302
Documento: Convocatoria 2018 Descargar Documento
Boletín: 28/09/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 234
Documento: Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 28/09/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 234
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 25/05/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 148
Documento: Convocatoria 2020 Descargar Documento
Boletín: 25/05/2020
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 148
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 19/10/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 251
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 19/10/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 251
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento