Ayudas, convocatoria pública Extraordinaria para el año 2007 destinadas a financiar la creación o ampliación de pequeñas y medianas empresas que generen empleo estable en el marco del Programa Operativo Integrado para Melilla 2000-2006 - Modificacion de los criterios para la determinacion de las ayudas.

Código de ayuda:

S10619/08

Norma:

Sesión ejecutiva ordinaria de 8 de febrero de 2008. Orden nº 115, de 10 julio de 2007. Sesión ejecutiva ordinaria, celebrada el día 12 de marzo de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 05/10/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convoca para el año 2007 la concesión de subvenciones de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva.

Estas subvenciones tienen como finalidad facilitar la generación, mediante subvenciones financieras, de empleo estable, a través de la creación o ampliación, de pequeñas y medianas empresas, en el marco del Programa Operativo Integrado para Melilla período 2000-2006; Eje 1.-"Mejora de la competitividad y desarrollo del tejido productivo"; Medida 1.-"Apoyo a empresas industriales, comerciales y de servicios".

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Melilla

Convoca:

Consejería de Economía, Empleo y Turismo (Melilla)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas (PYMES), de acuerdo con la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DOCE L.124 de 20 de mayo de 2003), cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica en la Ciudad Autónoma de Melilla.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de ayudas los proyectos de inversión siguientes:

a) Creación de nuevas empresas: Aquellos proyectos de inversión que impliquen el inicio de una
actividad empresarial y generen, además, nuevos puestos de trabajo.
b) Ampliación: Aquellos proyectos de inversión que supongan el desarrollo de una actividad empresarial
ya establecida o la iniciación de otras, relacionadas o no con la ya realizada por la empresa solicitante, siempre que se creen nuevos puestos de trabajo.

Los requisitos que deben cumplir los proyectos de inversión serán los siguientes:
a) Han de tener viabilidad técnica, económica y financiera.
b) Han de suponer la creación de empleos estables.
En los proyectos de ampliación el beneficiario deberá incrementar su plantilla media con respecto a los doce meses anteriores a la presentación de su solicitud.
c) La ejecución por parte del beneficiario del proyecto de inversión, así como la realización de las
contrataciones objeto de la subvención, deberán efectuarse una vez presentada la solicitud de ayudas.
No computándose las inversiones ni los contracontratos realizados con anterioridad a la fecha de
solicitud.
d) La aportación del beneficiario destinada a la financiación del proyecto debe ser como mínimo del 25%.

Documentos asociados

Boletín: 23/03/2007
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4384
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 13/07/2007
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4416
Documento: Convocatoria 2007 Descargar Documento
Boletín: 15/02/2008
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 4478
Documento: Modificacion de los criterios Descargar Documento