Ayudas, convocatoria para la concesión de incentivos en el ambito del Plan de desarrollo turístico de Cataluña - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S40782/08

Norma:

ORDEN IUE/254/2008, de 22 de mayo. ORDEN IUE/515/2008, de 24 de noviembre. ORDEN IUE/531/2008, de 2 de diciembre. ORDEN IUE/91/2009, de 4 de marzo. ORDEN IUE/293/2009, de 29 de mayo. ORDEN IUE/456/2009, de 21 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/04/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir la convocatoria para la concesión de incentivos de los programas del Plan de Desarrollo Turístico de Cataluña. Aprobar las bases de los programas que regirán esta convocatoria, las cuales figuran en el anexo 1 de la presente Orden.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Calidad
  • Corporaciones Locales
  • Prevención Riesgos Laborales
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Innovación, Universidades y Empresa (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Programa 1 de mejoras en la accesibilidad de establecimientos turísticos:

La cuantía de los incentivos será hasta un máximo del 30% del total de la inversión.
Límite máximo subvencionable de 20.000 € por proyecto.

Programa 2 de creación, reforma de establecimientos de alojamiento turístico:

Hasta un máximo del 30% de la actuación incentivable. En municipios de menos de 5.000 hab. hasta un máximo del 50%. Los límites máximos subvencionables serán los que siguen:
75.000 €/proyecto de creación de establecimiento hotelero y campings.
60.000 €/proyecto de creación de establecimiento de turismo rural.
60.000 €/proyecto de reforma, excepto para establecimientos de turismo rural, caso en que el límite máximo se establece en 40.000 €.
60.000 €/proyecto de creación de albergues.
20.000 €/proyecto de mejora, renovación o adecuación de los baños ubicados en bloques y zonas comunes de los campings.
20.000 €/proyecto de instalación, mejora, renovación o adecuación global de zona de juego (interna y/o externa), sistema de seguridad en ascensores, instalación de elementos de protección en balcones y escaleras, así como construcción de piscinas infantiles.

Programa 3 de fomento de líneas de negocio de oferta turística complementaria:

Hasta un máximo del 30% de las actuaciones incentivables. En municipios de menos de 5.000 h. hasta un máximo del 50%. Límite máximo de 25.000 €/proyecto.

Programa 4 de competitividad empresarial:

- Innovación tecnológica:
Hasta un máximo del 50% de la actuación.
Límite máximo de 11.000 euros/proyecto, incluidos los estudios necesarios al efecto.
- Cooperación empresarial:
Centrales de reservas.
a) Impulso a la creación de centrales de reservas: análisis de viabilidad y captación asociados.
Estudio de creación hasta un máximo del 50% de la actuación o actuaciones.
Límite máximo de 11.000 euros/proyecto.
b) Mejora y evolución de centrales de reservas en funcionamiento: proyecto de optimización.
Hasta un máximo del 50% de la actuación o actuaciones.
Límite máximo de 11.000 euros/proyecto.
Agrupaciones empresariales del sector turístico.
Hasta un máximo del 50% de la actuación o actuaciones.
Límite máximo de 11.000 euros/proyecto.

Programa 5 de creación y modernización de oficinas de turismo:

Hasta un máximo del 50% de la actuación. En municipios de menos de 5.000 hab. un máximo del 60%.
Límite máximo de 15.000 €/proyecto.

Programa 6 de fomento territorial del turismo:

a) Criterio general.
Hasta 60.000 € por actuación.
Límite máximo del 60% del importe total.
b) Criterio singular.
Creación de establecimiento de alojamiento turístico: 75.000 €.
Límite máximo del 75% del importe total en municipios con menos de 5.000 habitantes.
c) Excepcionalmente, cada actuación incentivable contará con sus propios límites, con independencia de que se integren en único proyecto consolidado.
d) Las cuantías satisfechas por el peticionario en concepto de IVA quedan excluidas.

Programa 7 de señalización turística:

La cuantía de los incentivos será hasta un máximo del 60% del importe total de las actuaciones incentivables y un límite máximo de 12.000 euros por proyecto.
Las cantidades satisfechas por el peticionario en concepto de IVA quedan excluidas.

Programa 8 de fomento de la calidad turística:

La cuantía de los incentivos será hasta un máximo del 50% del importe total de las actuaciones incentivables y un límite máximo de 3.000 euros por proyecto.
Las cuantías satisfechas por el peticionario en concepto de IVA quedaran excluidas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Programa 1 de mejoras en la accesibilidad de establecimientos turísticos:

Pequeñas empresas titulares de establecimientos turísticos de alojamiento que no formen parte de ninguna cadena o grupo empresarial de manera agregada o consolidada.
Pequeñas empresas titulares de establecimientos de restauración de los grupos restaurante y restaurante-bar, únicamente por la actuación de adaptación de los establecimientos turísticos al uso para personas discapacitadas.

Programa 2 de creación, reforma de establecimientos de alojamiento turístico:

Pequeñas empresas titulares de establecimientos turísticos que no formen parte de ningún grupo empresarial.
Entidades sin ánimo de lucro, incluidas las fundaciones.
Medianas empresas titulares de establecimientos turísticos que pretendan ubicar nuevos establecimientos en:
a) Comarcas con una oferta de plazas de alojamiento hotelero y de turismo rural inferior al 1,5% del conjunto de Cataluña.
b) En comarcas con una oferta de plazas superior, en municipios con una población inferior a 10.000 habitantes con una media de establecimientos turísticos hoteleros y de turismo rural inferior a la media del porcentaje de establecimientos por habitante resultante de la comarca.

Programa 3 de fomento de líneas de negocio de oferta turística complementaria:

Pequeñas y medianas empresas, entidades sin ánimo de lucro, incluidas fundaciones, que ofrezcan servicios y actividades de turismo activo, cultural, gastronómico, de naturaleza, de salud y otras actividades de interés turístico, ligadas a los planteamientos del Plan Estratégico del Turismo en Cataluña 2005-2010.

Programa 4 de competitividad empresarial:

- Innovación tecnológica:
Pequeñas empresas de alojamiento turístico, siempre y cuando no formen parte de ninguna cadena o grupo empresarial.
Pequeñas empresas de mediación turística, siempre y cuando no formen parte de ninguna cadena o grupo empresarial.
Pequeñas empresas de restauración de los grupos restaurante y restaurante-bar, siempre y cuando que no formen parte de ninguna cadena o grupo empresarial.
Asociaciones empresariales turísticas.
- Cooperación empresarial:
Centrales de reservas: entendiendo como centrales de reservas aquella estructura de recursos técnicos y materiales destinada a la comercialización de los productos y servicios propios de las empresas de alojamiento turístico que lo hayan constituido a tal efecto.
Agrupaciones empresariales del sector turístico, de hecho o de derecho, formadas por cinco o más empresas turísticas entre pequeñas y medianas, incluidas sociedades y asociaciones mixtas público-privadas.

Programa 5 de creación y modernización de oficinas de turismo:

Pueden ser beneficiarios de los incentivos los ayuntamientos y consejos comarcales titulares de las oficinas de turismo, sean o no de nueva creación, que en el momento de solicitar el incentivo cumplan los requisitos que exige la normativa para pertenecer a la Red de Oficinas de Turismo de Cataluña y estén inscritos, o bien hayan pedido la inscripción al Registro de Turismo de Cataluña antes de acabar el plazo de presentación de solicitudes de esta convocatoria.

Programa 6 de fomento territorial del turismo:

Pueden ser beneficiarios de los incentivos los entes locales, ya sea individualmente o de forma agrupada o consorciada, siempre que la agrupación o consorcio tenga por objetivo contribuir al desarrollo turístico de su ámbito territorial de referencia.

Programa 7 de señalización turística:

Pueden ser beneficiarios de los incentivos los consejos comarcales que presenten un proyecto de señalización turística de itinerarios rurales para hacer a pie o con bicicleta, ya sea en su demarcación o compartiéndolo con comarcas vecinas.

Programa 8 de fomento de la calidad turística:

a) Pequeñas empresas de alojamiento turístico.
b) Pequeñas empresas de mediación turística.
c) Pequeñas empresas de restauración de los grupos restaurante y restaurantebar.
d) Empresas de oferta de turismo activo, ligadas a los planteamientos del Plan estratégico del Turismo en Cataluña 2005-2010.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Programa 1 de mejoras en la accesibilidad de establecimientos turísticos:

Dar apoyo a los procesos de optimización y mejora en las condiciones de accesibilidad que puedan presentar las instalaciones, equipamientos y establecimientos turísticos. La finalidad de la presente línea de incentivo es favorecer aquellos establecimientos turísticos que ayuden a presentar a Cataluña como destino turístico habilitado para personas con movilidad reducida, discapacitada o con necesidades
especiales.

Serán incentivables aquellas actuaciones que tengan por objeto la adaptación de los establecimientos turísticos al uso para personas con movilidad reducida, discapacitada o con necesidades especiales, más allá de lo que prevén las normativas de aplicación.

Programa 2 de creación, reforma de establecimientos de alojamiento turístico:

Las inversiones destinadas a la creación, reforma de establecimientos de alojamiento turístico.

Serán incentivables aquellas actuaciones que tengan por objeto:
a) Creación de establecimientos hoteleros hasta un máximo de 35 habitaciones en comarcas con una oferta de plazas de alojamiento hotelero y de turismo rural inferior al 1,5% del conjunto de Cataluña o en municipios con una población inferior a 10.000 habitantes con una media de establecimientos turísticos hoteleros y de turismo rural inferior a la media del porcentaje de establecimientos por habitante
resultante de la comarca.
b) Reforma de establecimientos hoteleros y campings si la actuación supone un aumento de la categoría del establecimiento o bien la obtención de una certificación o distintivo de calidad.
c) Reforma de edificios integrados totalmente por apartamentos turísticos (bloques o conjuntos), mínimo de 5 unidades de alojamiento y servicios comunes.
d) Creación de establecimientos de turismo rural en los municipios incididos por las Rutas Nacionales, en la modalidad de masía o casa de pueblo compartida.
e) Reforma y rehabilitación de establecimientos de turismo rural masía o casa de pueblo compartida.
f) Creación, reforma y rehabilitación de hospederías.
g) Creación de campings de 1ª categoría y lujo (máximo de 200 unidades de acampada).
h) Mejora de los baños ubicados en bloques y zonas comunes de campings de cualquier categoría.
i) Creación de campings de 2ª categoría en municipios ubicados en comarcas y/o zonas de montaña.
j) Creación de albergues en municipio o municipios incididos por Rutas Nacionales (Camino de San Jaime y Ruta de los Orígenes), por parte, exclusivamente de entidades sin ánimo de lucro, incluso las fundaciones.
k) Intervención conjunta e integrada sobre los siguientes elementos y/o espacios de establecimientos de alojamiento turístico ubicados en destinos certificados o en proceso de certificación por Turismo de Cataluña como destino de turismo familiar (DTF): adecuación zona de juego (interna y/o externa), sistema de seguridad en ascensores, instalación de elementos de protección en balcones y escaleras, así como construcción de piscinas infantiles.

Programa 3 de fomento de líneas de negocio de oferta turística complementaria:

Las inversiones, incluidos los proyectos técnicos, destinadas a la creación de oferta turística complementaria a la de alojamiento turístico, para crear, ofrecer y mejorar servicios y actividades de turismo activo, cultural, gastronómico, de naturaleza, de salud y otras actividades de interés turístico que promuevan la diversificación de la oferta turística, mediante la creación de nuevas empresas con esta finalidad o la ampliación de las líneas de negocio de empresas ya existentes.

Serán incentivables aquellas actuaciones que tengan por objeto:
Gastos de creación de empresas de servicios que desarrollen productos turísticos innovadores y de calidad favoreciendo el incremento de pernoctaciones y el conocimiento del territorio.
Adquisición de equipamientos y material necesarios para el desarrollo de servicios y actividades objeto del programa.
Gastos necesarios para constituir una localización física de atención al cliente.

Programa 4 de competitividad empresarial:

- Innovación tecnológica: La incorporación de las tecnologías de la información y de comunicación en las asociaciones empresariales y en las pequeñas empresas turísticas que no pertenezcan a ningún grupo o cadena de empresas, impulsando la innovación en sus procesos de negocio.
- Cooperación empresarial: Favorecer las estrategias de cooperación de las empresas turísticas mediante el impulso y desarrollo de estructuras asociativas que les permita mejorar su posición competitiva.

- Innovación tecnológica:
Únicamente serán objeto del incentivo correspondiente los servicios contratados a terceros que se originan por los conceptos siguientes:
a) Estudios de digitalización para mejorar los sistemas de información, comunicación y comercialización.
b) Presencia en Internet: creación de páginas web y portales informativos de empresas.
c) Incorporación de tecnologías de la información y la comunicación mediante elementos de gestión adelantados: intranets corporativas, CRM (gestión de clientes), etc.
d) Proyectos de comercialización y facturación electrónica.
e) Sistemas de transmisión de información turística mediante TIC o telefonía móvil.
f) Implantación de infraestructuras de telecomunicaciones necesarias para el acceso de usuario a la red de banda ancha en zonas sin posibilidad de conexión del establecimiento a las redes de ADSL o bien de fibra óptica (incluido el coste de la conexión del establecimiento y primera anualidad del contrato con la operadora del servicio).
- Cooperación empresarial:
Para las centrales de reservas, únicamente serán incentivables los proyectos siguientes:
a) Impulso a la creación de centrales de reservas: análisis de viabilidad y captación de asociados.
b) Mejora y evolución de centrales de reservas en funcionamiento: proyecto de optimización.
Para las agrupaciones empresariales del sector turístico, únicamente serán incentivables los proyectos de cooperación para la mejora de la competitividad, promoción, análisis, innovación, diversificación de la oferta y uso de tecnologías de la información y de la comunicación en la prestación de servicio turístico.

Programa 5 de creación y modernización de oficinas de turismo:

Impulsar la creación, mejora y modernización de las oficinas de turismo titularidad de los ayuntamientos y consejos comarcales, ya sean titulares directa o indirectamente, a través de consorcios, patronatos u otras fórmulas de colaboración interadministrativa, así como las que sean titularidad de entidades sin ánimo de
lucro.

Serán incentivables aquellas actuaciones que tengan por objeto:
a) Adaptación de instalaciones de las oficinas de turismo para el uso para personas con discapacidades: físicas, psíquicas o sensoriales, más allá de las obligaciones normativas establecidas al efecto.
b) Inversiones de nueva implantación de oficinas de turismo.
c) Remodelación y acondicionamiento del espacio interior de las oficinas de turismo existentes.
d) Remodelación y adquisición de mobiliario.
e) Adquisición de equipamientos informáticos y audiovisuales.
f) Incorporación de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación a la gestión, promoción y comercialización de la oferta turística local, preferentemente aplicaciones informáticas de gestión de datos e información turística (esta actuación estará condicionada al informe favorable del Área TIC del DIUE, en base a la compatibilidad de las herramientas disponibles y previstas en el futuro por la Dirección General de Turismo).
g) Creación, remodelación o mejora de puntos de información que dependan de la oficina.

Programa 6 de fomento territorial del turismo:

La creación y articulación de producto turístico territorial de acuerdo con lo que prevé el Plan estratégico del turismo en Cataluña 2005-2010, referente exclusivamente a actuaciones con gasto de inversión de carácter inventariable.
Los incentivos, una vez aprobados, tienen que atender a un proyecto específico de desarrollo turístico, a realizar en el ejercicio 2008, dirigido a cofinanciar actuaciones turísticas de mejora de la calidad, atractividad y competitividad del destino.

Serán incentivables aquellas actuaciones, dentro de un único proyecto consolidado, que tengan por objeto:
a) Puesta en valor de elementos de turismo activo, cultural, gastronómico, de naturaleza y de salud.
b) Puesta en valor de elementos patrimoniales tangibles e intangibles del territorio.
c) Creación de establecimientos de alojamiento turístico.
d) La creación de albergues en municipios, o municipios limítrofes a éstos, sobre los que incidan algunos de los proyectos de desarrollo turístico impulsados por la Dirección General de Turismo de conformidad con aquello que prevé el Plan Estratégico del Turismo en Cataluña en su Plan de acción del Programa 2, en concreto el Camino de Sant Jaume y la Ruta de los Orígenes de Cataluña.
e) Creación, mejora y adecuación de centros y elementos de interpretación turística vinculados al patrimonio tangible e intangible.
f) Mejora de la señalización, identificación y/o interpretación de los recursos turísticos del municipio a través de la incorporación de elementos de soporte y señales informativas multilingües (mínimo 3 idiomas, además de los oficiales en Cataluña, incluido el aranés en Era Val d’Aran).
g) Mejora de accesos y señalización de nuevos productos turísticos.
h) Mejora de la accesibilidad y de equipamientos culturales de interés turístico para personas discapacitadas: físicas, psíquicas o sensorial.
i) Definición, articulación y configuración de nuevos productos y atractivos turísticos con la participación pública y privada en el ámbito del turismo activo, cultural, gastronómico, de naturaleza y de salud.
j) Creación de sistemas de información individualizada y personalizada al visitante o de sistemas de información en autoservicio a la carta, que pueden ser presenciales o a través de la red.
k) Puesta en valor de activos y elementos situados en municipios atravesados por rutas y de itinerarios temáticos promovidos por la Secretaría de Comercio y Turismo del DIUE, así como municipios colindantes.

Programa 7 de señalización turística:

Promover la realización de proyectos de señalización de itinerarios rurales para hacer a pie o con bicicleta por parte de los consejos comarcales, bajo una única identificación tipográfica y de imagen para todo el país. También se podrán ampliar, mejorar o completar los proyectos de señalización de itinerarios realizados anteriormente de acuerdo con esta línea de incentivos.

a) Redacción del proyecto técnico, elaboración y colocación de elementos de señalización turística de itinerarios rurales para hacer a pie o con bicicleta, según las prescripciones técnicas normalizadas definidas por el Departamento de Innovación, Universidades y Empresa. La toponimia y la terminología utilizada en
la señalización tiene que seguir los criterios lingüísticos normativos del Institut d’Estudis Catalans.
b) Mejora de puntos de señalización existentes, siempre que el proyecto correspondiente prevea la aplicación de técnicas de georeferenciación de cada punto de señalización concreto.
c) La señalización de Itinerarios y rutas de bicicleta todo terreno (BTT).

Programa 8 de fomento de la calidad turística:

Incentivar la implantación de sistemas de calidad y categorización en la pequeña empresa turística.

Serán incentivables aquellas actuaciones que tengan por objeto:
a) Implantación y renovación de distintivos y certificaciones de calidad de nivel internacional.
b) Planes de mejora para la autoevaluación de la calidad basados en el modelo EFQM (European Foundation for Quality Management).
c) Cuota de adhesión del primer año al sistema de calidad certificada.
d) Gastos por asistencia técnica externa para la primera obtención del certificado de calidad.
e) Gastos derivados de los procesos de certificación de establecimientos turísticos de conformidad con el sistema catalán de categorización turística avalado por el DIUE.

Documentos asociados

Boletín: 30/05/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5142
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento
Boletín: 27/06/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5161
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 09/07/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5169
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 03/12/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5271
Documento: Modificación Dotación Económica Descargar Documento
Boletín: 12/12/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5277
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 13/03/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5338
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento
Boletín: 11/06/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5398
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 28/10/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5493
Documento: Modificación Descargar Documento