Ayudas contempladas en los Planes de Impulso en el Medio Ambiente-Cambio Climático (PIMA-CC).

Código de ayuda:

S44237/21

Norma:

ORDEN 12/2021, de 20 de julio. Resolución de 4 de octubre de 2021. Resolución de 6 de junio de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 5 de julio de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar en régimen de concurrencia competitiva las subvenciones destinadas a financiar inversiones en
proyectos piloto de carácter innovador para la adaptación al cambio climático de espacios urbanos y periurbanos, de acuerdo con la Orden 12/2021, de 20 de julio, de la consellera de Agricultura, Desarrollo
Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica. (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El Importe global máximo de la convocatoria será de 1.860.000,00 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Serán beneficiarios de estas ayudas los municipios de la Comunitat Valenciana con una población censada inferior a 100.000 habitantes, según las cifras oficiales de población resultantes del padrón municipal
referidas al 1 de enero de 2020, que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.

Requisitos:

a) Estar adheridos al Pacto europeo de las alcaldías para el clima y la energía.

b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.

c) No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria de las ayudas reguladas en esta orden, aquellas en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, general de subvenciones.

d) Disponer de capacidad económica, financiera y operativa suficiente para garantizar la ejecución de la operación propuesta.

e) En el caso de optar por una actuación que solo contemple la implementación de zonas de bajas emisiones, la entidad local deberá disponer del diseño de las zonas de bajas emisiones previo a la solicitud de la ayuda.

f) Estar al corriente en el cumplimiento de la obligación de rendición de sus cuentas anuales ante la Sindicatura de Comptes. Dicho requisito se entenderá cumplido si la entidad local figura en el certificado que publica mensualmente en su página web la Sindicatura de Comptes.

Documentos asociados

Boletín: 23/08/2021
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9157
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