Ayudas contempladas en los Planes de Impulso al Medio Ambiente Cambio Climático (PIMA-CC).

Código de ayuda:

S41728/21

Norma:

Orden MED/15/2021, de 2 de agosto. Resolución de 8 de septiembre de 2021. Resolución de 5 de septiembre de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de septiembre de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas a los municipios ubicados en el territorio de la comunidad autónoma de Cantabria, con los siguientes objetivos:

Desarrollar actuaciones que apoyen el cumplimiento de objetivos del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC), que define los objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero para el periodo 2021-2030.

Fomentar medidas de adaptación efectivas que reduzcan la exposición y la vulnerabilidad de los sistemas sociales, económicos y ambientales frente al cambio del clima y mejoren su resiliencia.

Promover el urbanismo y la vivienda, coherente con la Agenda Urbana Española publicada en 2019, para hacer de nuestros pueblos y ciudades ámbitos de convivencia amables, acogedores, saludables y resilientes.

Promover acciones dirigidas a la protección de la salud frente a los impactos derivados del cambio climático y la adaptación al cambio climático basada en ecosistemas.

Fomentar la inclusión en la planificación de ordenación urbana medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones derivadas de la movilidad, incluyendo, el establecimiento de zonas de bajas emisiones.

Reducir el impacto sobre la salud de la población como consecuencia del exceso de temperatura a través de medidas para la reducción de las altas temperaturas en espacios y edificios públicos.

Fomentar el incremento de biodiversidad en las áreas urbanas como forma de contribuir a mejorar la capacidad de regulación climática y la captación de CO2, permitiendo maximizar las superficies permeables provocando un efecto positivo en el almacenamiento de agua.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios

Detalle beneficiarios:

En el caso de la primera línea, relativa al diseño e implantación de zonas de bajas emisiones contempladas en el artículo 2.1, serán entidades beneficiarias los municipios de la Comunidad de Cantabria con una población entre 50.000 y 100.000 habitantes, de acuerdo a las cifras oficiales de población de los municipios españoles publicadas en el Instituto Nacional de Estadística a fecha 31 de diciembre del año anterior a la convocatoria.

En el caso de la segunda línea, actuaciones piloto de carácter innovador para la adaptación al cambio climático de espacios urbanos y periurbanos contempladas en el articulo 2.2, serán entidades beneficiarias de las ayudas previstas en la presente Orden los municipios de la Comunidad de Cantabria con una población inferior a 100.000 habitantes, de acuerdo a las cifras oficiales de población de los municipios españoles publicadas en el Instituto Nacional de Estadística a fecha 31 de diciembre del año anterior a la convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Primera línea: Diseño e implantación de zonas de bajas emisiones en municipios de la Comunidad Autónoma de Cantabria con una población entre 50.000 y 100.000 habitantes.

Gastos para la redacción de informes y proyectos de las actuaciones objeto de subvención, incluidos gastos de personal contratado para el desarrollo del proyecto subvencionado, dietas y desplazamientos.

Gastos de ejecución de las actuaciones objeto de subvención incluyendo obras, adquisición y colocación de equipamiento, sensores de seguimiento, sistemas de medición de la calidad del aire, balizamiento, señalización, jardinería y cerramiento de la zona de bajas emisiones.

Gastos de publicidad y divulgación, incluyendo materiales gráficos tanto en formato físico como digital.
A estos efectos, se entenderá que el gasto se ha realizado cuando se ha llevado a cabo la actividad subvencionada que origina el gasto y cuando éste ha sido efectivamente pagado dentro del plazo de ejecución establecido.

A efectos de esta Orden, se considera zona de baja emisión el ámbito delimitado por una Administración pública, en ejercicio de sus competencias, dentro de su territorio, de carácter continuo, y en el que se aplican restricciones de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos para mejorar la calidad del aire y mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero.

En el caso de optar por una actuación que solo contemple la implantación de zonas de bajas emisiones, la entidad local deberá disponer del diseño de las zonas de bajas emisiones previo a la solicitud de la ayuda.

Segunda línea: Actuaciones piloto de carácter innovador para la adaptación al cambio climático de espacios urbanos y periurbanos.

Gastos para la redacción de informes y proyectos de las actuaciones objeto de subvención, incluidos gastos de personal contratado para el desarrollo del proyecto subvencionado, dietas y desplazamientos.

Gastos de ejecución de las actuaciones objeto de subvención incluyendo obras, adquisición y colocación de equipamiento, paneles informativos, jardinería e instalación de refugios.

Gastos de publicidad y divulgación, incluyendo materiales gráficos tanto en formato físico como digital

a) Intervenciones en espacios públicos orientadas a atenuar el efecto isla de calor urbana (sombreado natural o artificial de calles y plazas, reducción de la impermeabilidad del suelo, captación de aguas pluviales, creación de microclimas con láminas de agua, aplicación de soluciones bioclimáticas, etc.)

b) Mejora de la infraestructura urbana verde y azul, caracterizada por su multifuncionalidad: Restauración de tramos urbanos de ríos, zonas inundables para hacer frente a las avenidas extremas, mejora de la conectividad natural entre el medio urbano y periurbano, sistemas de drenaje urbano sostenible, etc.

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