Ayudas con destino a proyectos de inversión situados en los municipios muy afectados por el proceso de reconversión de la minería del carbón de Teruel.

Código de ayuda:

S31846/19

Norma:

ORDEN EIE/694/2016, de 4 de julio. ORDEN EIE/1038/2018, de 31 de mayo. ORDEN EIE/396/2019, de 19 de marzo. ORDEN EIE/491/2019, de 10 de mayo. ORDEN EIE/627/2019, de 27 de mayo. ORDEN ICD/511/2020, de 26 de junio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de junio de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Promover actuaciones de inversión para la implantación de nuevas actividades económicas en las localidades de Albalate del Arzobispo, Alcorisa, Alloza, Andorra, Ariño, Calanda, Cañizar del Olivar, Castellote, Escucha, Estercuel, Foz-Calanda, Gargallo, Montalbán, Palomar de Arroyos y Utrillas, así como para la ampliación, mejora y/o modernización de las instalaciones y equipos ya existentes.

Categorías Subvención

  • Arqueología y Minería
  • Creación nuevas empresas
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Economía, Industria y Empleo (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total de la convocatoria es de un millón de euros. El porcentaje máximo de ayudas a conceder sobre la inversión subvencionable es:

- Hasta el 15% para grandes empresas.

- Hasta el 25% para medianas empresas.

- Hasta el 35% para autónomos, microempresas y empresas de pequeño tamaño.

En cualquier caso, la ayuda máxima por proyecto será de 100.000 €.

El importe total de las ayudas recibidas para la misma actividad subvencionable no podrán superar el límite de 200.000 euros durante el ejercicio fscal actual y los dos ejercicios fscales anteriores, tal y como establece el el Reglamento número 1407/2013 de la Comisión Europea, relativo a las ayudas de mínimis, con las condiciones y requisitos establecidos en los artículos 3 y 5 de dicho Reglamento número 1407/2013.

En el caso de las subvenciones a proyectos de explotaciones ganaderas deberá aplicarse el Reglamento número 1408/2013 de la Comisión Europea, no pudiendo superarse los 20.000 euros de ayuda concedidos a una única empresa ganadera a lo largo de un período de tres años.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Personas físicas o jurídicas privadas con personalidad jurídica, así como las agrupaciones integradas por ellas, las comunidades de bienes y los trabajadores autónomos que vayan a acometer los proyectos de inversión empresarial en las localidades de Albalate del Arzobispo, Alcorisa, Alloza, Andorra, Ariño, Calanda, Cañizar del Olivar, Castellote, Escucha, Estercuel, Foz-Calanda, Gargallo, Montalbán, Palomar de Arroyos y Utrillas que fundamenten la concesión de la ayuda.

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