Ayudas con cargo al programa AVANZA Nuevas Infraestructuras de Telecomunicaciones, dentro de la accion estrategica de telecomunicaciones y sociedad de la informacion del plan nacional de investigacion cientifica, desarrollo e innovacion tecnologica, 2008-2011.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S48046/10Norma:
Orden ITC/2148/2010, de 30 de julio. Orden ITC/712/2010, de 16 de marzo. Orden ITC/993/2011, de 8 de abril. Resolucion de 1 de julio de 2011.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/09/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Contribuir a la consecución del objetivo de la Acción Estratégica de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011, relativa a desarrollar un nuevo contexto digital basado en infraestructuras eficientes de banda ancha.Categorías Subvención
Equipamientos informáticos y Tecnología
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Industria, y Comercio ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
- Para la línea A no se fijan presupuestos mínimos ni máximos de los proyectos que opten a las ayudas reguladas en esta orden.- Para la línea B se fija un presupuesto máximo financiable de cuatro millones de euros por proyecto.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas que ostenten la condición de operador habilitado para la prestación de los servicios de acceso a la red, telefonía y acceso a Internet en España, conforme a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- Línea A: Universalización de la banda ancha de velocidad básica, con una velocidad de bajada de al menos 1 Mbps.- Línea B: Impulso al desarrollo de la banda ancha de muy alta velocidad; redes de nueva generación con velocidades de bajada superiores a 50 Mbps.
Requisitos:
- Los beneficiarios no podrán encontrarse incursos en ninguna de las circunstancias que prohíben la obtención de la condición de beneficiario, recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.- Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como las instrucciones específicas que, en aplicación y cumplimiento de las presentes bases, comunique el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en materia de ejecución, seguimiento, pago de las ayudas, información y publicidad, justificación y control del gasto.
- No podrán tener la condición de beneficiarios las empresas que se encuentren sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda al beneficiario ilegal e incompatible con el mercado común.
Documentos asociados
Boletín:
23/03/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 71
Documento: Orden ITC/712/2010. Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 71
Documento: Orden ITC/712/2010. Descargar Documento
Boletín:
05/08/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 189
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 189
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
21/04/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 95
Documento: Modificación Descargar Documento
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Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín:
07/07/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 160
Documento: Convocatoria 2011 Descargar Documento
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