Ayudas complementarias en materia de formacion profesional agraria.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S25973/11

Norma:

ORDEN AAM/72/2011, de 28 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/06/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Sufragar parte de los gastos derivados de la formación profesional agraria que se imparte en centros y escuelas de capacitación agraria del DAAM.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Formación

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda no podrá ser superior a 2.200,00 euros por persona beneficiaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

El alumnado del curso escolar por el que se convocan las ayudas de los ciclos formativos, y de las enseñanzas de formación y capacitación agraria básica, organizadas por los centros y las escuelas de capacitación agraria del Servicio de Formación Agraria del DAAM, que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos generados durante el curso escolar para el que se convocan las ayudas y, en concreto, las siguientes:

a) Gastos de media pensión y/o alojamiento en las escuelas y en los centros de capacitación agraria.

b) Gastos de manutención y/o alojamiento fuera de las escuelas y los centros de capacitación agraria, cuando éstos últimos no puedan prestar los servicios.

c) Gastos relativos al transporte escolar colectivo desde el punto de concentración fijado por el centro escolar hasta la escuela o el centro de capacitación agraria correspondiente.

d) Gastos de manutención y/o alojamiento de los alumnos que hayan realizado estancias de formación en centros de trabajo tanto en Cataluña como en el extranjero.

Requisitos:

a) Tener residencia en Cataluña.

b) Cursar por primera vez el curso para el que solicitan la ayuda.

c) No disponer de una titulación equivalente o superior a los estudios por los que solicitan la ayuda.

d) Haber solicitado las ayudas del régimen general para estos tipos de enseñanzas.

e) No haber sido sancionado como consecuencia de la apertura de un expediente disciplinario por incumplimiento del reglamento de régimen interior de la escuela o del reglamento de residencia de los centros y las escuelas de capacitación agraria.

Documentos asociados

Boletín: 06/05/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5873
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento