Ayudas complementarias destinadas a beneficiarios del subprograma de formacion del profesorado universitario y se establece el plazo para la presentacion de las memorias de seguimiento de los beneficiarios que pasan al regimen de contrato en el año 2015.

Código de ayuda:

S38655/14

Norma:

Resolución de 7 de julio de 2014. Orden ECD/1619/2013, de 4 de septiembre. Resolución de 17 de diciembre de 2014. Resolución de 20 de julio de 2015.

Plazo de Solicitud:

Ayudas movilidad: del 15/09 al 02/10 a las 14 horas. Ayuda para precios públicos de las matrículas: del 02/11 al 12/11.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria correspondiente a 2015 de:

1. Ayudas complementarias de movilidad para estancias breves en centros extranjeros, y excepcionalmente españoles, y las de traslados temporales a centros extranjeros que consistirán en:

a) una ayuda mensual para gastos de manutención y alojamiento, complementaria a la ayuda para beca o contrato.

b) una ayuda para gastos de viaje, en función del país de destino.

c) un seguro de accidentes y de asistencia sanitaria, en el caso de destinos en países sin cobertura de la Seguridad Social.

2. Ayuda para precios públicos de las matrículas en los programas de doctorado del curso académico 2015-2016.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Cultura y Deporte ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Quienes se encuentren disfrutando de ayudas de FPU en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, sea en concepto de beca o de contrato, siempre que cumplan los requisitos que se especifican en la presente convocatoria para cada tipo de ayudas complementarias y que mantengan la condición de beneficiarios de FPU durante la actuación que financia la ayuda complementaria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Ayudas complementarias de movilidad para estancias breves en centros extranjeros, y excepcionalmente españoles, y las de traslados temporales a centros extranjeros que consistirán en:

a) una ayuda mensual para gastos de manutención y alojamiento, complementaria a la ayuda para beca o contrato.

b) una ayuda para gastos de viaje, en función del país de destino.

c) un seguro de accidentes y de asistencia sanitaria, en el caso de destinos en países sin cobertura de la Seguridad Social.

2. Ayuda para precios públicos de las matrículas en los programas de doctorado del curso académico 2015-2016.

Documentos asociados

Boletín: 29/07/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 183
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 07/09/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 215
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 01/10/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 238
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 29/12/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 314
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 05/08/2015
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 186
Documento: Convocatoria 2015 Descargar Documento