Ayudas cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para el Fomento de Sectores Tecnologicos de la Comunidad de Madrid, en el marco de la Estrategia Regional de Investigacion e Innovacion para una Especializacion Inteligente (RIS3), dentro del Programa Operativo de la Comunidad de Madrid para el periodo 2014-2020.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S02064/15

Norma:

ORDEN de 23 de diciembre de 2014. ORDEN de 3 de agosto de 2016.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/02/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el procedimiento de concesión de ayudas a empresas, preferentemente pymes, que desarrollen o vayan a desarrollar sus actividades en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y que realicen alguna o algunas de las actividades establecidas.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de acción subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas, preferentemente pymes, que dispongan de un centro de trabajo en la Comunidad de
Madrid y cuyas actividades, objeto de ayuda, se encuadren en alguno de los apartados que
se indican a continuación:

— Proyectos de investigación y desarrollo de productos y procesos ligados a las áreas tecnológicas consideradas estratégicas.

— Desarrollo de empresas jóvenes e innovadoras (empresas de base tecnológica,“start-up”).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Proyectos de investigación y desarrollo de productos y procesos ligados a las áreas
tecnológicas consideradas estratégicas.

Las áreas tecnológicas seleccionadas como estratégicas son:

a) Áreas Generales: Nanotecnología, Materiales Avanzados, Tecnologías Industriales y del Espacio.

b) Área Salud, Biotecnología, Agua y Agroalimentación.

c) Área Energía, Medio Ambiente y Transporte (incluida Aeronáutica).

d) Área Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

2. Desarrollo de empresas jóvenes e innovadoras (empresas de base tecnológica, “start-up”).

Requisitos:

Tienen la consideración de empresas las personas físicas y jurídicas, cualquiera que sea su régimen jurídico, que estén válidamente constituidas en el momento de presentación de la solicitud de ayuda, y que ejerzan una actividad económica.

Documentos asociados

Boletín: 15/01/2015
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 12
Documento: Bases, Convocatoria 2015 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 26/08/2016
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 204
Documento: Modificación Descargar Documento