Ayudas, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agricola de Desarrollo Rural (FEADER), para la mejora de las estructuras de produccion de las explotaciones agrarias en aplicacion del Reglamento (CE) 1698/2005 del Consejo.

Código de ayuda:

S52655/07

Norma:

ORDEN AYG/1148/2007, de 21 de junio. ORDEN AYG/1376/2007, de 21 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/09/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Inversiones en las explotaciones agrarias mediante planes de mejora y primera instalación de agricultores jóvenes

Las líneas de ayudas que se establecen en el presente capítulo se aplicarán a:

a) Las inversiones en las explotaciones agrarias mediante planes de mejora. Línea B.

b) La primera instalación de agricultores jóvenes. Línea A.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Creación nuevas empresas

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Explotaciones agrarias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) La mejora cualitativa, la ordenación y la diversificación de las producciones en función de las necesidades de mercado y, en su caso, con vistas a la adaptación a las normas comunitarias de calidad, así como para la diversificación de las actividades agrarias, especialmente mediante inversiones destinadas a la clasificación, acondicionamiento, fabricación, transformación y comercialización de los productos agrarios de la propia explotación.

b) La adaptación de las explotaciones con vistas a reducir los costes de producción, ahorrar energía o agua, o la incorporación de nuevas tecnologías, incluidas las de informatización y telemática.

c) El cumplimiento de las normas mínimas en materia de medio ambiente, higiene y bienestar de los animales, establecidas recientemente. A estos efectos, se entenderán como recientemente establecidas las normas que hayan entrado en vigor en el plazo máximo de un año anterior a la fecha de solicitud de la ayuda.

d) La mejora de las condiciones de higiene de las explotaciones ganaderas y de bienestar de los animales, la protección y mejora del suelo, de la cubierta vegetal y del medio ambiente.

e) En los planes de mejora podrán incluirse inversiones por traslado de edificios e instalaciones ganaderas fuera del casco urbano del municipio, por razones higiénico-sanitarias de interés público, de acuerdo con la normativa vigente para este tipo de instalaciones. Será obligatorio el traslado de todos los animales de la explotación correspondientes a cualquier tipo de actividad ganadera. La justificación de las circunstancias reseñadas se acreditará, por el titular de la explotación, mediante informe favorable del órgano municipal
competente indicando que se trata de traslado por razones higiénico-sanitarias de interés público. El edificio antiguo quedará inhabilitado para cualquier tipo de actividad ganadera. En caso de que tal edificación no sea propiedad del titular de la ayuda, en la solicitud deberá aportar una declaración jurada, por parte del propietario, asumiendo el cambio de actividad en la misma.

f) La mejora de las condiciones de vida y trabajo de los agricultores y de los empleados de las explotaciones. Las inversiones consideradas se destinarán, en exclusiva, a la mejora de las prácticas agrarias y tareas derivadas de la explotación agraria.

Documentos asociados

Boletín: 25/06/2007
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 122
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
Boletín: 29/08/2007
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 168
Documento: Modificación Descargar Documento