Ayudas asociadas al contrato global de explotacion.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S10046/12

Norma:

ORDEN AAM/67/2012, de 14 de marzo. ORDEN AAM/106/2012, de 24 de abril. ORDEN AAM/318/2013, de 10 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 30 de abril de 2012.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan el CGE y las ayudas asociadas a este contrato a que se refiere el artículo 1 anterior, para el año 2012, así como la renovación de los compromisos suscritos por las personas que ya tienen un CGE vigente.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- Para la modalidad de ayuda de primera instalación en una explotación agraria prioritaria, se establece una prima de importe de 30.000,00 euros, que se podrá incrementar en un 10% en los casos siguientes:

a) Cuando en la explotación se genere, como mínimo, una UTA adicional a la de la persona joven agricultora de mano de obra asalariada.

b) Cuando la instalación se produzca en zona de montaña, zona desfavorecida por despoblamiento o dentro de la Red Natura 2000.

c) Cuando el plan de empresa prevea la implantación de producción agraria ecológica.

En el caso de la modalidad de primera instalación en una explotación agraria, el importe de la ayuda se determinará reduciendo en un 40% los importes establecidos en el punto anterior para la modalidad de primera instalación en explotación agraria prioritaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas firmantes del CGE según lo que establece el artículo 11.1 del Decreto 2/2012, de 3 de enero, que estén al corriente de sus obligaciones en materia fiscal con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y en materia social con la Tesorería General de la Seguridad Social, que no tengan deudas de ningún tipo con la Generalidad de Cataluña, y que cumplan con las condiciones y los requisitos
específicos de las ayudas definidas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Procedimiento general:

Primera instalación de jóvenes agricultores y agricultoras (anexo 1).

Modernización de explotaciones agrarias (anexo 2).

Diversificación hacia actividades no agrícolas (anexo 3).

b) Procedimiento abreviado:

Utilización de los servicios de asesoramiento por parte de las personas agricultoras (anexo 4).

Indemnización compensatoria en zonas de montaña e indemnización compensatoria en zonas desfavorecidas fuera de las de montaña (anexo 5).

Prácticas agroambientales (anexo 6).

Fomento de la ganadería ecológica (anexo 7).

Inversiones no productivas (anexo 8).

Requisitos:

Las personas firmantes del CGE deben ser titulares de explotaciones agrarias que cumplan las condiciones generales de admisibilidad del artículo 3 del Decreto 2/2012, de 3 de enero.

Documentos asociados

Boletín: 28/03/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6097
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín: 26/04/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6116
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 19/12/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6525
Documento: Modificación Cuantía. Descargar Documento