Ayudas al transporte público regular de viajeros para mejora de la flota de vehículos.

Código de ayuda:

S04082/03

Norma:

Orden de 15 de octubre de 2003; Orden de 15 de octubre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/02/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar al transporte público regular permanente de viajeros de uso general de carácter deficitario, estableciendo una serie de medidas entre las que se incluía la posibilidad de subvencionar parcialmente las inversiones de los prestatarios en renovación del parque móvil afecto a ese tipo de servicios.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Transporte

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Obras Públicas, Urbanismo, Vivienda y Transportes (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las subvenciones podrá alcanzar los porcentajes y límites que a continuación se indican:
a) Vehículos sustitutos de más de 20 plazas: el 35% de su valor de compra, con el límite de 36.000 euros.
b) Vehículos sustitutos de 10 a 20 plazas: el 30% de su valor de compra, con el límite de 18.000 euros.
c) Vehículos sustitutos de 6 a 9 plazas: el 25% de su valor de compra, con el límite de 9.500 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las empresas que realicen transportes públicos regulares permanentes de viajeros, de uso general, bajo la fórmula de concesión o autorización, y cuyos tráficos autorizados se encuentren total o principalmente ubicados dentro del ámbito territorial de Aragón, en condiciones de baja ocupación o débil tráfico.

Podrán acogerse a esta Orden solicitudes de ayudas que cumpliendo todos los requisitos exigidos en la misma, correspondan a adquisiciones de vehículos realizadas en el año 2004 con posterioridad al 20 de febrero, y que no pudieron acogerse a la Orden de 15 de octubre de 2003 al haber finalizado el plazo fijado de presentación de solicitudes, siempre que la Dirección General de Transportes y Comunicaciones estime dicha adquisición de interés para los usuarios del servicio al que se adscribe.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La renovación del parque móvil, bajo los siguientes requisitos:
a) Que el vehículo a sustituir tenga más de doce años de antigüedad y que el solicitante se comprometa a desguazarlo, o que, aun siendo menor su antigüedad, el mal estado del vehículo aconseje su desguace.
b) Que el vehículo designado para su desguace esté adscrito a la prestación del servicio público regular permanente de viajeros de uso general desde al menos un año antes de la presentación de la solicitud de subvención.
c) Que el vehículo a sustituir fuese necesario para la prestación del servicio al que esté adscrito.
d) Que el vehículo sustituto tenga una antigüedad no superior a 7 años.
La edad del material móvil se computará desde la fecha de matriculación inicial del vehículo, a la fecha de la solicitud de ayuda acogida a la presente Orden.
e) Que el vehículo adquirido se dedique exclusivamente a la realización del servicio al que estuviere adscrito el sustituido que se desguaza, y con una dedicación no inferior a la de éste, siendo únicamente compatible con esa exclusividad, su utilización en otros servicios regulares deficitarios.

Documentos asociados

Boletín: 05/11/2003
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 133
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 15/11/2004
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 134
Documento: 2ª Convocatoria Descargar Documento