Ayudas al tejido empresarial de Moralzarzal para el mantenimiento de la actividad económica en el municipio, por la crisis sanitaria del COVID-19.

Código de ayuda:

S42900/20

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de septiembre de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 1.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas a personas autónomas, microempresas y pequeñas empresa, para minimizar el impacto crisis económica provocada por el COVID-19.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Moralzarzal (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda asciende a la cuantía fija de 1.000 euros por solicitante que cumpla los requisitos de la convocatoria.

En el supuesto de actividades de hostelería y restauración que hayan sido beneficiarias de la exención de la tasa por ocupación de suelo con terrazas, la cantidad máxima a percibir se verá minorada por el importe estimado por la tesorería municipal de dicha exención.

Todo ello hasta agotarse el crédito destinado a la convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

— Las personas físicas y jurídicas, calificadas de empresarios individuales, autónomos, microempresas o pequeñas empresas, que ejerzan una actividad económica en el término municipal de Moralzarzal.

— Que desarrollen su actividad en los ámbitos comercial, de actividades de hostelería y restauración, turismo y otros adicionales, cuya actividad presencial o de apertura al público haya quedado suspendida como consecuencia de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y sus sucesivas modificaciones y prórrogas y que se encuentren incluidas en la relación de actividades que constan en anexo a las presentes bases de acuerdo a su clasificación en CNAE.

— Que dispongan de local o establecimiento abierto al público, con licencia municipal de funcionamiento o declaración responsable.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

— Alquiler o gastos hipotecarios del local. Gastos relacionados con la digitalización del negocio.
Implementación Plataforma MarketPlace (comercio electrónico). Gastos de personal, campañas de marketing y publicidad.

— Ahorro y suficiencia energética, suministros y gastos de mantenimiento y reforma.

Documentos asociados

Boletín: 11/08/2020
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 193
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 11/08/2020
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 193
Documento: Bases y Convocatoria 2020 Descargar Documento