Ayudas al tejido empresarial de Moralzarzal para el mantenimiento de la actividad económica en el municipio, por la crisis sanitaria del COVID-19.
Código de ayuda:
S42900/20Plazo de Solicitud:
Hasta el 15 de septiembre de 2020.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 1.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
Ayudas a personas autónomas, microempresas y pequeñas empresa, para minimizar el impacto crisis económica provocada por el COVID-19.Categorías Subvención
- Empleo
- Financiación Preferente / Préstamos
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Comunidad de Madrid
Convoca:
Ayuntamiento de Moralzarzal (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la ayuda asciende a la cuantía fija de 1.000 euros por solicitante que cumpla los requisitos de la convocatoria.En el supuesto de actividades de hostelería y restauración que hayan sido beneficiarias de la exención de la tasa por ocupación de suelo con terrazas, la cantidad máxima a percibir se verá minorada por el importe estimado por la tesorería municipal de dicha exención.
Todo ello hasta agotarse el crédito destinado a la convocatoria.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
— Las personas físicas y jurídicas, calificadas de empresarios individuales, autónomos, microempresas o pequeñas empresas, que ejerzan una actividad económica en el término municipal de Moralzarzal.— Que desarrollen su actividad en los ámbitos comercial, de actividades de hostelería y restauración, turismo y otros adicionales, cuya actividad presencial o de apertura al público haya quedado suspendida como consecuencia de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y sus sucesivas modificaciones y prórrogas y que se encuentren incluidas en la relación de actividades que constan en anexo a las presentes bases de acuerdo a su clasificación en CNAE.
— Que dispongan de local o establecimiento abierto al público, con licencia municipal de funcionamiento o declaración responsable.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
— Alquiler o gastos hipotecarios del local. Gastos relacionados con la digitalización del negocio.Implementación Plataforma MarketPlace (comercio electrónico). Gastos de personal, campañas de marketing y publicidad.
— Ahorro y suficiencia energética, suministros y gastos de mantenimiento y reforma.
Documentos asociados
Boletín:
11/08/2020
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 193
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 193
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
11/08/2020
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 193
Documento: Bases y Convocatoria 2020 Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 193
Documento: Bases y Convocatoria 2020 Descargar Documento