Ayudas al servicio autoempresa, asesoramiento y formación a las personas emprendedoras.

Código de ayuda:

S02964/03

Norma:

Orden TIC/384/2003, de 28 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/10/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el Servicio Autoempresa, que ofrecerá información, orientación, asesoramiento, seguimiento, formación y ayuda para fomentar y dar apoyo a la autoempresa y a los emprendedores y emprendedoras, que son los trabajadores y trabajadoras en situación de ocupación o de desempleo que quieran crear su propia empresa.
La realización de las acciones relativas al asesoramiento a las personas emprendedoras y a la formación de los profesionales que colaboren con el Servicio Autoempresa.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Formación

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- Desde 36,06 euros por cada hora de asesoramiento individual.
- Desde 36,06 euros por participante por cada 6 horas de formación.
- Hasta un máximo de 60,10 euros por cada año de seguimiento de cada empresa creada.
- La subvención para impartir los cursos de formación será como máximo de 100 euros por hora de formación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los centros de difusión, los puntos de información y orientación y las entidades acreditadas; así como ayuntamientos, consejos comarcales y otras entidades públicas o privadas mediante convenios de colaboración con el Departamento de Trabajo, Industria, Comercio y Turismo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Asesoramiento a las personas emprendedoras.
- Seguimiento de la evolución de las empresas durante los primeros tres años siguientes en su creación.
- Formación a las personas emprendedoras y a las que hayan creado la empresa.
- Formación de los profesionales que colaboren con el Servicio Autoempresa.

Requisitos:

Diversa documentación.

Documentos asociados

Boletín: 26/09/2003
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 3975
Documento: Convocatoria Descargar Documento