Ayudas al sector vitivinicola de la Comunitat Valenciana para la promocion en mercados de terceros paises.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S03691/15

Norma:

ORDEN 1/2015, de 21 de enero. Real Decreto 1079/2014, de 19 de diciembre. RESOLUCIÓN de 21 de enero de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/02/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el periodo 2015-2016 las ayudas al sector vitivinícola de la Comunitat Valenciana para la promoción en mercados de terceros países.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Comercio
  • Exportación / Internacionalización

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Agricultura, Ganadería, y Pesca. (Comunidad Valenciana)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

a) Las empresas vinícolas.

b) Las Organizaciones de productores, asociaciones de organizaciones de productores y organizaciones interprofesionales definidas en los artículos 152,156 y 157 del Reglamento (UE) núm. 1308/2013 del Parlamento europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, reconocidas por el
Estado Miembro y que tengan entre sus fines el desarrollo de iniciativas en materia de promoción y comercialización de vino.

c) Los órganos de gestión de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas vínicas.

d) Las asociaciones de exportadores y consorcios de exportación, participados exclusivamente por empresas del sector vitivinícola.

e) Las entidades asociativas sin ánimo de lucro participadas exclusivamente por empresas del sector vitivinícola, que tengan entre sus fines la promoción exterior de los vinos.

f) Las cooperativas de segundo o ulterior grado que comercialicen vino elaborado por sus bodegas cooperativas asociadas.

g) Asimismo, y en caso de existir suficiente disponibilidad de presupuesto, tras la aprobación de los programas correspondientes a los tipos de beneficiarios antes indicados, podrán considerarse también beneficiarios los organismos públicos con competencia legalmente establecida para desarrollar actuaciones de promoción de vinos españoles en mercados en terceros países.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Promoción de mercados en terceros países.

b) Reestructuración y reconversión de viñedos.

c) Eliminación de subproductos.

d) Inversiones.

e) Innovación.

f) Cosecha en verde.

Requisitos:

Los beneficiarios deberán demostrar suficiente capacidad técnica y financiera para afrontar las exigencias de comercio con los terceros países, y medios para asegurar que la medida se implementa lo más efectivamente posible. Deberán, asimismo, garantizar la disponibilidad, en cantidad y calidad, de productos, para asegurar la respuesta frente a las demandas que se puedan generar como efecto de la promoción realizada.

Los beneficiarios enumerados en el apartado 1.º del presente artículo deberán tener su domicilio fiscal en la Comunitat Valenciana.

Documentos asociados

Boletín: 20/12/2014
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 307
Documento: Real Decreto 1079/2014, de 19 de diciembre. Descargar Documento
Boletín: 27/01/2015
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7451
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 27/01/2015
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7451
Documento: Convocatoria 2015. Descargar Documento