Ayudas al sector del transporte publico de mercancias y viajeros por abandono de la actividad. Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S52219/10

Norma:

ORDEN de 30 de julio de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 06/10/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Atender al sector del transporte público de mercancías por carretera en vehículos pesados y ligeros así como al sector del transporte público de viajeros en autobús, por cuanto hay numerosos casos de elevada edad de transportistas en estos sectores que carecen de los recursos necesarios para abandonar la actividad.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Transporte

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de vivienda, obras públicas y transportes (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de las ayudas reguladas en la presente Orden será de:

a) Cuatro mil cien (4.100) euros por cada seis meses completos que al transportista le falten para cumplir la edad de sesenta y cinco años, en los supuestos de transporte público de mercancías en vehículo pesado y transporte público de viajeros en autobús.

b) Dos mil seiscientos (2.600) euros por cada seis meses completos que al transportista le falten para cumplir la edad de sesenta y cinco años, en el supuesto de transporte público de mercancías en vehículo ligero.

c) Diez mil (10.000) euros al transportista al que se le hubiera declarado incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas que en la fecha de presentación de solicitudes o en su caso el 1 de enero de 2010, cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los programas que fomenten el abandono de la profesión de transportistas de edad avanzada, así como a los que les haya sido declarada una incapacidad permanente absoluta o una gran invalidez.

Requisitos:

a) Que estén domiciliadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco con anterioridad al 1 de enero de 2005.

b) Que tengan una edad comprendida entre los 58 y los 64 años, ambos inclusive, o haberle sido declarada una incapacidad permanente absoluta o una gran invalidez.

c) Que sean titulares de forma ininterrumpida durante los últimos diez años de una autorización vigente de transporte público de mercancías o de viajeros en autobús con un máximo de tres copias, o bien, simultáneamente de ambas con un máximo total de tres copias. Dicha autorización no podrá haber
estado suspendida en ningún momento, contando con al menos una copia en vigor. Se permitirá, no obstante, una única interrupción en la titularidad o vigencia de la autorización por un plazo que no supere tres meses. Se entenderá a estos efectos, que han estado vigentes las autorizaciones caducadas por falta de visado que estén rehabilitadas en el momento de presentación de la solicitud.

d) Que estén dados de alta en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social, habiendo permanecido en el mismo durante los últimos diez años ininterrumpidamente, permitiéndose únicamente una sola interrupción por un plazo que no supere tres meses.
En los supuestos de solicitantes afectados por una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, el referido plazo de diez años se computará desde que ésta les hubiese sido reconocida.

e) Que se comprometa a abandonar la actividad de transporte público de mercancías o de viajeros por carretera, durante el año 2010, renunciando de forma definitiva a las autorizaciones de transporte de que fuera titular, obligándose a devolver las ayudas obtenidas y los correspondientes intereses en caso de reiniciarla.

f) No hallarse sancionada penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni hallarse incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Documentos asociados

Boletín: 06/09/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 171
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento