Ayudas al sector apicola por polinizacion.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S30328/13

Norma:

ORDEN AAM/177/2013, de 23 de julio. ORDEN AAM/129/2014, de 8 de abril. ORDEN AAM/195/2014, de 20 de junio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/05/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Favorecer el incremento de la polinización que realizan las abejas mediante el mantenimiento del número de colmenas durante un periodo mínimo de tres meses.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda no puede ser superior a 8,50 euros por colmena, en el caso de personas apicultoras profesionales, y de hasta un máximo de 1,50 euros por colmena, en el caso de personas apicultoras no profesionales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas, jurídicas, comunidades de bienes, personas apicultoras, profesionales o no, que sean titulares de una explotación apícola situada dentro del ámbito territorial de Cataluña, y que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El incremento de la polinización que realizan las abejas mediante el mantenimiento del número de colmenas durante un periodo mínimo de tres meses.

Requisitos:

a) Llevar actualizado el Libro de registros de la explotación ganadera.

b) Tener inscrita la explotación en el Registro de explotaciones ganaderas con anterioridad al 1 de enero del año de la convocatoria correspondiente, con un número de colmenas igual o superior a cincuenta.

c) Tener identificadas individualmente todas las colmenas de la explotación con el número de registro otorgado a la explotación, y tener el colmenar identificado de acuerdo con la normativa vigente.

d) Si quien solicita la ayuda es una persona física, estar empadronado en un municipio de Cataluña.

e) Si quien solicita la ayuda es una persona jurídica, tener el domicilio social en Cataluña.

f) Si quien solicita la ayuda es una comunidad de bienes, sus integrantes deben estar empadronados en Cataluña.

g) Haber sido sometido al programa sanitario que establece la normativa vigente.

Documentos asociados

Boletín: 01/08/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6430
Documento: Bases y Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín: 28/04/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6611
Documento: Modificación y Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 03/07/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6656
Documento: Créditos Disponibles. Descargar Documento