Ayudas al programa de apoyo a la transformación integral y modernización de invernaderos de la Región de Murcia.- Convocatoria 2022.

Código de ayuda:

S27364/22

Norma:

Real Decreto 948/2021, de 2 de noviembre. Orden de 29 de abril de 2022. Orden 31 de octubre de 2022. Orden de 13 de diciembre de 2022.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de junio de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar en régimen de concurrencia competitiva, para el ejercicio 2022, las ayudas para inversiones previstas en la Sección 2 Programa de apoyo a la transformación integral y modernización de invernaderos del Capítulo II del Real Decreto 948/2021, de 2 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas estatales destinadas a la ejecución de proyectos de inversión dentro del Plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, a través de actuaciones de modernización y transformación integral de invernaderos de hortalizas, flor cortada y planta ornamental.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de esta subvención, de acuerdo con el artículo 13 del Real Decreto 948/2021, de 2 de noviembre, las personas físicas y entidades titulares de explotaciones ubicadas en la Región de Murcia, que reúnan los siguientes requisitos previstos en el citado artículo:

a) Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada, productoras de hortalizas o flor cortada o planta ornamental bajo invernadero, que sean titulares de una explotación agrícola.

b) Cuando se trate de inversiones colectivas, personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada, o sin personalidad propia de acuerdo con los términos previstos en el artículo 67.2 del Real Decreto-Ley 36/2020, de 30 de diciembre, que integren un mínimo de cinco titulares de explotación y cualquier organización de productores de frutas y hortalizas, cooperativa o sociedad agraria de transformación reconocida por la autoridad competente cuyos miembros son titulares de una explotación agraria de producción de hortalizas o flor cortada o planta ornamental bajo invernadero.

No podrán ser beneficiarios últimos de estas ayudas los titulares de explotaciones que deseen llevar a cabo la construcción de un invernadero ex novo, si bien se podrá destruir un invernadero situado en una ubicación y levantar uno nuevo en otra ubicación, pero siempre dentro de la misma explotación. Para lo cual deberá solicitar al órgano gestor la realización de un acta de no inicio. No pudiendo realizar ninguna actuación hasta que se formalice dicho acta de no inicio.

Documentos asociados

Boletín: 03/11/2021
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 263
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 03/05/2022
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 100
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 03/05/2022
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BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 290
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