Ayudas al objeto de fomentar el desarrollo de determinados proyectos cientifico-tecnologicos singulares y de caracter estrategico en Castilla-La Mancha.

Código de ayuda:

S43973/08

Norma:

Orden de 04-06-2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/07/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder ayudas destinadas a complementar las subvenciones concedidas por el Ministerio de Educación y Ciencia (subvenciones que han sido objeto de publicación en el Boletín Oficial del Estado número 4, de 19 de febrero de 2008); y ello con la finalidad de fomentar el desarrollo en Castilla-La Mancha de determinados proyectos científico-tecnológicos singulares y de carácter estratégico.


Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Educación y Ciencia (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de cada subvención está supeditado al coste total del correspondiente proyecto de investigación y del importe de la ayuda concedida por el Ministerio de Educación y Ciencia. Inicialmente se prevé que dicho importe no superará la cantidad de 1.500.000,00 euros. No obstante, en el supuesto de que el importe a conceder sea superior a la cantidad precitada, se procederá conforme a lo establecido en el art. 45.1 párrafo segundo, del Decreto regional 21/20008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-la Mancha en materia de subvenciones.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán beneficiarse de las presentes ayudas aquellas entidades citadas en el apartado cuarto de la Resolución de 2 de enero de 2007 de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 18 de enero de 2007, que, habiendo obtenido subvención ministerial, se encuentren desarrollado, al momento de la entrada en vigor de la presente Orden, investigaciones técnicas de excelencia, susceptibles de aplicación práctica en nuestra región, dentro de un propósito general de incrementar la eficiencia del tejido productivo castellanomanchego.


Requisitos:

Los solicitantes deberán cumplir los requisitos y no hallarse incurso en las circunstancias establecidos en el artículo 1 de la Ley General de Subvenciones, cumplir las condiciones del art. 74 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de C-LM y, en particular, acreditar que:
- No se encuentran incursos en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley del Gobierno y del Consejo Consultivo de C-LM.
- Se hallan al corriente tanto en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social, como en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
- Desarrollan la correspondiente investigación en el territorio de C-LM.
- Disponen de un plan de prevención de riesgos laborales y no han sido sancionados por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales; y ello en el caso de que se trate de personas o entidades sujetas a la normativa de prevención de riesgos laborales.


Documentos asociados

Boletín: 11/06/2008
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 121
Documento: Convocatoria 2008, Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento