Ayudas al mantenimiento del empleo en los centros especiales de empleo de la Comunidad Autonoma del Pais Vasco - Convocatoria 2010.
Código de ayuda:
S56682/10Norma:
ORDEN de 22 de septiembre de 2010.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 12/11/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Ayudas de apoyo al mantenimiento del empleo, durante el ejercicio 2010, de las personas con discapacidad en los centros especiales de empleo radicados en la CAPV.Categorías Subvención
Discapacidad / Personas con discapacidad
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Empleo y Políticas Sociales (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1.– Cada puesto de trabajo ocupado por persona contratada a tiempo completo podrá ser subvencionadocon un importe máximo de 425 euros.
2.– En el supuesto de que la persona que ocupe el puesto de trabajo se encuentre contratado a tiempo
parcial, a la cuantía de subvención que se establece en el párrafo anterior, se le aplicará la proporción que
represente la duración de la jornada que figure en el contrato de trabajo en relación a la jornada laboral
completa establecida en el convenio de aplicación.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Centros especiales de empleo que figuren inscritos como tales en el Registro de Centros Especiales de Empleo.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
El mantenimiento de los puestos de trabajo de los centros especiales de empleo ocupados por personas con parálisis cerebral, enfermedad mental, discapacidad intelectual o física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2010.Requisitos:
La entidad beneficiaria está obligada a mantener ocupados, al menos hasta el 31 de diciembre de 2010, el mismo número de puestos de trabajo por los que ha recibido subvención, perdiéndose el derecho a la ayuda por cada puesto de trabajo menos que se mantenga ocupado en esa fecha.Documentos asociados
Boletín:
11/10/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 196
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 196
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento