Ayudas al impulso de la economía circular de bienes de equipo para energías renovables, Programa Renocicla,en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.

Código de ayuda:

S14873/25

Norma:

Orden TED/542/2025, de 28 de mayo.

Plazo de Solicitud:

A establecer en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. Constituye el objeto de esta orden el establecimiento de las bases reguladoras para la selección y concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la ejecución de proyectos y actuaciones que contribuyan de forma sustancial a la transición hacia una economía circular de bienes de equipos de energías renovables. Todo ello en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

2. Constituye la finalidad de las ayudas la realización de inversiones en instalaciones de reciclaje, de reutilización, de preparación para la reutilización y/o segunda vida y de innovación en el ecodiseño de bienes de equipo para energías renovables.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

a) El 50 % de los costes subvencionables, para la investigación industrial.
b) El 25 % de los costes subvencionables, para el desarrollo experimental.
c) El 50 % de los costes subvencionables, para los estudios de viabilidad.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de entidades beneficiarias en las correspondientes convocatorias que se celebren al amparo de esta orden de bases cualesquiera personas jurídicas, legal y válidamente constituidas en la Unión Europea, y debidamente inscritas en el registro correspondiente, cuyos accionistas, socios o partícipes mayoritarios sean personas físicas y/o jurídicas de naturaleza privada, y que cumplan todos los requisitos exigidos por esta orden de bases, las respectivas convocatorias y las resoluciones de concesión.

No podrán obtener la condición de entidades beneficiarias las agrupaciones que no dispongan de personalidad jurídica propia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actividades subvencionables corresponden a inversiones en ecodiseño, infraestructura, tecnologías, I+D+i o desarrollo de instalaciones y sistemas para facilitar la reducción, la reutilización y el reciclaje o la revalorización de materiales en el sector de reciclaje bienes de equipo de energías renovables.

Documentos asociados

Boletín: 30/05/2025
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 130
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento