Ayudas al fomento del relevo y la cooperación intergeneracionales en el seno de las cooperativas y sociedades laborales valencianas.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S36128/13

Norma:

ORDEN 33/2013, de 19 de septiembre. Valencia, 20 de febrero de 2014. RESOLUCIÓN de 2 de abril de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 17 de julio de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar subvenciones destinadas al fomento del relevo y la cooperación intergeneracionales en el seno de las cooperativas y sociedades laborales valencianas, de conformidad con las bases de las mismas aprobadas por Orden 33/2013, de 19 de septiembre, de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las subvenciones concedidas no podrá ser, en ningún caso, de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con ayudas, subvenciones, ingresos u otros recursos procedentes de la Generalitat o de otras administraciones públicas o de otros entes públicos o privados, nacionales o internacionales, supere el coste de la actividad a desarrollar por la entidad beneficiaria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias

Detalle beneficiarios:

1. Las cooperativas de trabajo asociado y las sociedades laborales integradas por jóvenes, en los casos siguientes:

1.1. Cuando formalicen, por primera o segunda vez, un contrato indefinido, a tiempo completo o parcial, con trabajadores mayores de 45 años en la fecha de alta en la Seguridad Social de dicho trabajador en la empresa.

1.2. Cuando incorporen como socios a personas desempleadas, mayores de 45 años en la fecha de la incorporación.

1.3. Cuando incorporen como socios a trabajadores mayores de 45 años, en la fecha de la incorporación, que hayan estado previamente vinculados a la beneficiaria por relación laboral.

2. Las cooperativas y sociedades laborales integradas por socios trabajadores mayores de 45 años:

2.1. Cuando formalicen, por primera o segunda vez, un contrato indefinido a tiempo completo o parcial con trabajadores desempleados jóvenes.

2.2. Cuando incorporen a personas desempleadas jóvenes, como socios trabajadores de la empresa.

2.3. Cuando incorporen como socios a trabajadores jóvenes, previamente vinculados a la empresa por relación laboral.

3. Las cooperativas de trabajo asociado o sociedades laborales cuando incrementen su empleo con trabajadores jóvenes, titulados medios o superiores, que accedan por primera vez a un trabajo estable, mediante un contrato de trabajo indefinido o la incorporación a la empresa como socio trabajador.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El fomento del relevo y la cooperacion intergeneracionales en el seno de las cooperativas y sociedades laborales valencianas.

Requisitos:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas. Se entenderá como fecha de inscripción, la del asiento de presentación en el registro público correspondiente, siempre que la inscripción se produzca dentro del plazo de validez de dicho asiento.

b) No estar incursa en ninguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

c) Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

d) No haber sido sancionadas, mediante resolución firme, con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 26/09/2013
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7119
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 04/04/2014
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7248
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 17/04/2015
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7507
Documento: Convocatoria 2015. Descargar Documento