Ayudas al fomento de actividades destinadas a mejorar la producción y comercialización de los productos de la apicultura en el marco del Programa Nacional de medidas de ayuda a la Apicultura.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S17455/14

Norma:

RESOLUCIÓN 229/2014, de 16 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/05/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer en la Comunidad Foral de Navarra las bases reguladoras para la concesión de ayudas al fomento de actividades destinadas a mejorar la producción y comercialización de los productos de la apicultura en el marco del Programa Nacional de medidas de ayuda a la Apicultura, para el año 2014.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Comercio

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Agricultura y Ganadería (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. La cuantía de la ayuda a percibir por cada beneficiario será la resultante de aglutinar las percibidas por cada línea de actuación subvencionada. Las intensidades de ayuda establecidas para cada línea son las siguientes:

–El 95% del gasto solicitado para las actividades de formación y asistencia técnica.

–El 90% del gasto solicitado para las actividades de lucha contra las agresiones y las enfermedades de la colmena, en particular contra la varroasis.

–El 55% del gasto solicitado para la racionalización de la trashumancia.

–El 55% del gasto solicitado para análisis de productos apícolas para ayudar a los apicultores a comercializar y valorizar sus productos.

2. El cálculo de las mismas se realizará sobre el importe de los gastos realizados en actividades subvencionables, sin incluir el IVA.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los titulares de explotaciones apícolas individuales que figuren inscritos en el Registro de Explotaciones Ganaderas de la Comunidad Foral de Navarra, antes del 1 de enero del año anterior a la solicitud de ayuda.

Asimismo, podrán ser beneficiarias las organizaciones representativas con personalidad jurídica propia, integradas en su mayoría por apicultores que cumplan los requisitos establecidos en el punto anterior. En cualquier caso, las ayudas sólo alcanzarán a los socios que estén inscritos en el Registro de Explotaciones Ganaderas de la Comunidad Foral.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) “Asistencia técnica a los apicultores y a las agrupaciones de apicultores.”

1. Contratación de técnicos y especialistas para la información y asistencia técnica a los apicultores de las agrupaciones de apicultores (asesoramiento global en la producción, en la comercialización y a nivel de laboratorio).

2. Cursos de formación de apicultores, formación continuada de los técnicos y especialistas de las agrupaciones de apicultores y de personal de laboratorios apícolas de cooperativas.

3. Sistemas de divulgación técnica.

b) “Lucha contra las agresiones y las enfermedades de la colmena, en particular contra la varroasis”.

1. Tratamientos quimioterápicos contra varroasis, autorizados por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios.

2. Tratamientos contra varroasis autorizados por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios, compatibles con la apicultura ecológica.

3. Promoción y creación de Agrupaciones de Defensa Sanitaria (ADS) apícola, o figura equivalente para la lucha contra la varroasis.

4. Sobrealimentación de las colmenas y renovación de cera. Esta ayuda sólo podrá concederse a aquellos apicultores beneficiarios de las medidas 1 y/ó 2 de la línea b), y siempre que se cubran las necesidades financieras para asistir las solicitudes de las mencionadas medidas 1 y 2.

c) “Racionalización de la trashumancia”.

1. Identificación de colmenas y cuadros.

2. Adquisición, conservación y mejora de los medios de transporte y manejo de colmenas (grúas, mallas de cobertura, cambio de colmenas para obtener mieles monoflorales, sistemas móviles de extracción de miel y otros útiles y equipo necesario para facilitar la trashumancia).

3. Mejora y acondicionamiento de asentamientos, caminos y sendas.

4. Seguros de daños propios y responsabilidad civil de las colmenas (siempre que las pólizas no contemplen garantías incluidas en el sistema de Seguros Agrarios Combinados). Excepcionalmente, a la subvención de seguros de responsabilidad civil podrán acogerse las colmenas estantes.

5. Cría en común de reinas de razas autóctonas para reposición de bajas.

d) “Medidas de apoyo a los laboratorios de análisis de productos apícolas para ayudar a los apicultores a comercializar y valorizar sus productos”.

1. Contratación de servicios de análisis por apicultores y agrupaciones de apicultores, que se realicen en laboratorios reconocidos por la autoridad competente.

2. Promoción y creación de laboratorios de agrupaciones de apicultores.

3. Adquisición de aparatos y otro material para análisis fisicoquímico de la miel.

Requisitos:

a) Realizar al menos un tratamiento al año frente a varroasis, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 608/2006, de 19 de mayo, por el que se establece y regula un Programa nacional de lucha y control de las enfermedades de las abejas de la miel.

b) Disponer de un seguro de responsabilidad civil.

Documentos asociados

Boletín: 30/04/2014
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 83
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento