Ayudas al fomento de actividades destinadas a mejorar la producción y comercialización de los productos de la apicultura en el marco del Programa Nacional de medidas de ayuda a la Apicultura 2020-2022.

Código de ayuda:

S42391/21

Norma:

RESOLUCIÓN 776/2021, de 22 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de agosto de 2021.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras para las ayudas al fomento de actividades destinadas a mejorar la producción y comercialización de los productos de la apicultura en el marco del Programa Nacional de medidas de ayuda a la Apicultura 2020-2022, y la convocatoria para el año 2021.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Comercio

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Agricultura y Ganadería (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El 100 % del gasto solicitado para todas las medidas de la línea A) "Asistencia técnica a los apicultores y organizaciones de apicultores”.

El 1 % del importe solicitado para las todas las medidas de la línea B) "Lucha contra las agresiones y las enfermedades de la colmena”.

El 80 % del importe solicitado para las medidas de la Línea C) "Racionalización de la trashumancia”, salvo el en caso de la medida C.4. cuyo gasto subvencionado alcanzará el 100% del gasto solicitado.

El 100 % del gasto solicitado para las medidas de la Línea D) " Medidas de apoyo a los laboratorios de análisis de productos apícolas para ayudar a los apicultores a comercializar y valorizar sus productos", salvo para las inversiones, cuyo importe subvencionable alcanzará el 80 %.

El 80 % del importe solicitado para todas las medidas de la Línea E) “Medidas de apoyo a la repoblación de la cabaña apícola”.

El 100 % del gasto solicitado para todas las medidas de la Línea G) “Seguimiento del mercado”.

El 100 % del gasto solicitado para las medidas de la Línea H) “Mejora de la calidad de los productos con objeto de explotar el potencial de los mismos en el mercado”, salvo para las inversiones, cuyo importe subvencionable alcanzará el 80 %.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas físicas o jurídicas, con domicilio en la Comunidad Foral de Navarra, titulares de explotaciones apícolas individuales, con más del 50% de sus colmenas ubicadas en la Comunidad Foral de Navarra, que estén inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) antes del 1 de enero del año 2021 y dispongan, igualmente, del correspondiente seguro de responsabilidad civil.

Asimismo, podrán ser beneficiarias las cooperativas apícolas y las organizaciones representativas con personalidad jurídica propia, con domicilio social en la Comunidad Foral de Navarra y con más del 50% de sus colmenas ubicadas en la Comunidad Foral de Navarra, integradas en su mayoría por apicultores que estén inscritos en el Registro de Explotaciones Ganaderas, antes del 1 de enero del año 2021 y dispongan del correspondiente seguro de responsabilidad civil.

En cualquier caso, las ayudas sólo alcanzarán a los socios que estén inscritos en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA), antes del 1 de enero del año 2021 y dispongan, igualmente, del correspondiente seguro de responsabilidad civil.

Un mismo apicultor sólo podrá ser beneficiario de ayuda por una misma actuación de forma única para cada una de sus explotaciones, bien a título individual, bien como integrante de una cooperativa u organización representativa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Línea A) "Asistencia técnica a los apicultores y organizaciones de apicultores”.

Línea B) "Lucha contra las agresiones y las enfermedades de la colmena”.

Línea C) "Racionalización de la trashumancia”.

Línea D) " Medidas de apoyo a los laboratorios de análisis de productos apícolas para ayudar a los apicultores a comercializar y valorizar sus productos".

Línea E) “Medidas de apoyo a la repoblación de la cabaña apícola”.

Línea G) “Seguimiento del mercado”.

Línea H) “Mejora de la calidad de los productos con objeto de explotar el potencial de los mismos en el mercado”.

Requisitos:

a) Llevar realizando la actividad apícola con anterioridad al 1 de enero del año 2021, a excepción de aquellos titulares que hubieran adquirido dicha titularidad ante el fallecimiento, jubilación o
incapacidad laboral del titular, siempre que el nuevo titular adquiera la titularidad por sucesión, jubilación o incapacidad laboral del anterior y fuera pariente, como máximo, en cuarto grado del mismo. Asimismo, se exceptúan de dicho requisito los supuestos de fuerza mayor. Para ello deben figurar inscritos en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA), antes del 1 de enero de 2021.

b) Realizar, al menos, un tratamiento al año frente a la varroosis, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 608/2006, de 19 de mayo, por el que se establece y regula un Programa nacional de lucha y control de las enfermedades de las abejas de la miel. A estos efectos se considerará que se realiza un tratamiento cuando se justifique a entrega del tratamiento mediante el correspondiente albarán de entrega de dicho tratamiento.

c) Disponer de un seguro de responsabilidad civil.

d) Cumplir las previsiones contenidas en el Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas. A estos efectos, se considerará que cumple cuando el apicultor sea titular de una explotación apícola registrada en el REGA de acuerdo con el apartado 2.1. del Programa de Nacional de medidas de ayudas a la Apicultura 2020-2022.

e) Encontrarse, en el momento en que se dicte la propuesta de resolución de concesión, al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 12/08/2021
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 188
Documento: Bases y Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 12/08/2021
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 188
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento