Ayudas al desarrollo y preparación de proyectos de obras audiovisuales para el año 2021.

Código de ayuda:

S13364/21

Norma:

RESOLUCIÓN de 8 de abril de 2021. ORDEN 8/2020, de 11 de junio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de mayo de 2021.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 20.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la concesión de ayudas para el desarrollo y la preparación de obras audiovisuales, ya sea a partir de una idea original o de una adaptación con el fin de incentivar las actividades dirigidas a la producción audiovisual en la Comunitat Valenciana.

Las ayudas se concederán de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación y, mediante el régimen de concurrencia competitiva, para los trabajos realizados que tengan lugar entre el 1 de diciembre de 2020 y el 30 de noviembre de 2021.

Se entiende por desarrollo de proyecto, a los efectos de la presente convocatoria, la elaboración de un guion o la nueva versión de un guion preexistente y el conjunto de operaciones que preceden al rodaje de una producción audiovisual.

Solo podrán presentarse a esta convocatoria proyectos de escritura de guion de largometrajes de cualquier género, series de ficción con un mínimo de 2 capítulos y máximo de 8 capítulos y de una duración de entre 40 y 120 minutos cada capítulo (en adelante, miniseries) y series de animación.

No podrán presentarse proyectos de secuelas de largometrajes y series.

No podrán presentarse a esta convocatoria proyectos que esta misma anualidad se presenten a las convocatorias de ayudas del Institut Valencià de Cultura a escritura de guion, a producción de obras audiovisuales o a rodajes en la Comunitat Valenciana.

Estás ayudas serán incompatibles con las ayudas y/o contratos de desarrollo que, para los mismos proyectos, hayan podido obtener sus titulares de plataformas o canales de televisión.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Institut Valencià de Cultura (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Siete ayudas de 20.000 euros serán para proyectos de obras de ficción, de las cuales un máximo de dos serán para miniseries. En estas ayudas 8.000 euros serán para el/los guionista/s y 12.000 euros para la
empresa productora.

Tres ayudas de 19.000 euros serán para proyectos de obras documentales. En estas ayudas 8.000 euros serán para el/los guionista/s y 11.000 euros para la empresa productora.

Dos ayudas de 25.000 euros serán para proyectos de obras de animación. En estas ayudas 8.000 euros serán para el/los guionista/s y 17.000 euros para la empresa productora.

Una vez asignadas las ayudas a cada género, si se presentaran menos proyectos de las ayudas correspondientes a un género o son menos las que han alcanzado el mínimo de 50 puntos sobre el total de
100, las ayudas no asignadas se destinarán al resto de proyectos por orden de puntuación, hasta el importe máximo señalado en cada caso.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán obtener la condición de beneficiario de estas ayudas, de acuerdo con lo establecido en los artículos 2 y 30.2 de la Orden bases reguladoras, las pequeñas y medianas empresas de cualquier Estado Miembro de la Unión Europea, o del Espacio Económico Europeo y agrupaciones de interés económico que se dediquen profesionalmente a la producción y desarrollen sus actividades en la Comunitat Valenciana.

Además habrán de tener la condición de productoras independientes de acuerdo con lo que establece el artículo 4, letra n), de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del cine.

También podrán ser beneficiarias las personas físicas autoras del guion de la obra si son valencianas.

En el caso de que en un mismo proyecto participen diferentes autores, todos deberán cumplir con lo previsto en este punto.

No podrán ser beneficiarias las personas y empresas que no se hallen al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social en los términos establecidos por la Ley general de subvenciones y su Reglamento, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión de la convocatoria.

No se podrá conceder más de una ayuda por empresa productora solicitante. En el caso de que la empresa productora que solicita la ayuda figure en más de un proyecto y atendiendo a sus respectivas puntuaciones ambos resulten entre los mejor valorados, se excluirá el de menor puntuación.

Documentos asociados

Boletín: 17/06/2020
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 8837
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 14/04/2021
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9061
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 14/04/2021
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 9061
Documento: Convocatoria 2021 (Extracto) Descargar Documento