Ayudas al asesoramiento técnico a mancomunidades de municipios para la gestión y aprovechamiento común de sus montes en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y la convocatoria para el año 2025.
Código de ayuda:
S13055/25Norma:
Orden 63/2025, de 13 de mayo.Plazo de Solicitud:
A establecer en la correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras y realizar la convocatoria, para la anualidad de 2025, para la concesión de ayudas destinadas al asesoramiento técnico necesario para incrementar la capacidad de gestión y la comercialización de productos forestales en los montes de titularidad pública de las mancomunidades de municipios de la región en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Desarrollo Sostenible (Castilla-La Mancha)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La intensidad de la ayuda podrá llegar a ser del 100% del coste total subvencionable.El importe máximo subvencionable por solicitud será de 40.000€.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en la presente orden las mancomunidades de municipios legalmente constituidas e inscritas en el registro de entidades locales a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes previsto en la convocatoria entre cuyos fines se encuentren los determinados en esta orden de ayudas o que acrediten su voluntad común de incorporar los mismos a los servicios que ya vinieran prestando.También podrán ser beneficiarias las entidades locales que manifiesten su voluntad expresa de constituirse en una mancomunidad entre cuyos fines se encuentren los determinados en esta orden de ayudas, para lo cual podrán designar, mediante acuerdo plenario, una entidad local representante de todas ellas a efectos de la tramitación administrativa de la solicitud.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las actuaciones subvencionables serán aquellas destinadas al asesoramiento técnico de carácter forestalnecesario que permita la creación y mantenimiento de una estructura de gestión compartida para incrementar la capacidad de gestión.
Requisitos:
a. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.b. No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria aquellas en quienes concurra alguna de las circunstancias recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, ni en el artículo 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
c. No estar incursas en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, cuando afecten a la persona que ostente su representación.
d. En caso de estar sujetas a la normativa de prevención de riesgos laborales, deberán acreditar que disponen de un plan de prevención conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, y que no han sido sancionadas por infracción grave o muy grave en el año anterior a la solicitud.
e. Disponer de un Plan de Igualdad, cuando así lo exija la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
f. No haber sido sancionadas ni condenadas por prácticas laborales discriminatorias, salvo que hayan cumplido la sanción o pena y adoptado medidas correctoras validadas por el órgano competente en materia de igualdad, conforme al artículo 34 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre.
g. Cumplir con los principios transversales del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), según lo establecido en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, aportando la correspondiente declaración de compromiso.
h. Garantizar el pleno cumplimiento del principio de no causar daño significativo a los seis objetivos medioambientales.
i. Aceptar la cesión de datos entre Administraciones Públicas conforme a la normativa europea aplicable y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
j. Garantizar la ausencia de doble financiación para la actividad subvencionada.
k. Acreditar la ausencia de conflicto de interés cuando la actividad a desarrollar pueda presentar un conflicto de interés potencial.
Documentos asociados
Boletín:
19/05/2025
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 94
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 94
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