Ayudas al arrendamiento de viviendas dirigidas a víctimas de violencia de género.

Código de ayuda:

S38691/21

Norma:

Orden 117/2021, de 20 de julio. Resolución de 27/10/2021. Resolución de 29/07/2022. Resolución de 03/05/2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 2 de noviembre de 2023.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 750

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2023 las ayudas al arrendamiento de viviendas dirigidas a víctimas de violencia de género contempladas en la Orden 117/2021, de 20 de julio, de la Consejería de Fomento, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas al arrendamiento de viviendas dirigidas a víctimas de violencia de género.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Fomento (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Con carácter general, se concederá a las beneficiarias una ayuda del 60% de la renta mensual, que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual y permanente.

Dicha cuantía será, no obstante, del 75% de la renta mensual de la vivienda en el caso de que la beneficiaria o cualquiera de sus fa miliares, ascendientes o descendientes, que convivan con ella, tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33% de carácter psíquico, o del 65% de carácter físico. En todo caso, el importe máximo de la ayuda no superará los 750 euros mensuales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas contempladas en esta orden, las mujeres víctimas de violencia de género que reúnan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Será objeto de subvención la financiación de parte o de la totalidad de la renta de viviendas en alquiler a satisfacer por las arrendatarias que tengan reconocida la condición de víctimas de violencia de género, facilitando así a estas personas el acceso y permanencia de una vivienda de forma independiente en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.

Requisitos:

a) Ser titular, en calidad de arrendataria de un contrato de arrendamiento de vivienda sobre un inmueble ubicado en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. El contrato estará formalizado por escrito en los términos previstos en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

b) Que la vivienda arrendada, constituya la residencia habitual y permanente de la arrendataria, lo que deberá acreditarse mediante certificado o volante de empadronamiento o en su defecto mediante declaración responsable en el que conste que la persona solicitante tiene su domicilio habitual en la vivienda objeto del contrato de arrendamiento. No se exige el domicilio fiscal en Castilla-La Mancha debido a razones de movilidad geográfica y de protección a las víctimas.

c) Que los ingresos de la solicitante no sean superiores a 3 veces el Iprem (14 pagas).

d) Que la renta establecida en el contrato de arrendamiento de la vivienda objeto de la ayuda no sea superior a 750 euros mensuales. No se incluirán los importes del alquiler de los anexos vinculados, como garaje y trastero, si el contrato detallara el importe de la renta de estos anexos ni otros gastos asociados a la renta como la cuota de la comunidad de personas propietarias o suministros.

e) Tener la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo y Suiza, o tener la residencia legal en España para el caso de que la solicitante sea extranjera no comunitaria.

f) Mantener la condición de víctima de violencia de género para el periodo en que se solicite la ayuda; en caso de que la solicitante no tenga la condición de víctima de violencia de género durante todo el período subvencionable indicado en la convocatoria, podrá subvencionarse la parte del mismo en que sí tenga esta condición, siempre que se cumplan el resto de requisitos y condiciones.

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