Ayudas al alojamiento en viviendas de alquiler o residencias universitarias para estudios oficiales realizados fuera de la isla de Fuerteventura.

Código de ayuda:

S46828/16

Norma:

Puerto del Rosario, a 23 de noviembre de 2016.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las presentes bases tendrán por objeto establecer el régimen de concesión de ayudas al alojamiento para alumnos que realicen estudios FUERA DE LA ISLA.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Canarias

Convoca:

Cabildo Insular de Fuerteventura (Canarias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los interesados en la concesión de una ayuda al alojamiento en viviendas de alquiler o residencias universitarias para estudios oficiales realizados fuera de la isla de Fuerteventura deberán cumplir los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Estudios Universitarios.

2. Estudios de Formación Profesional de grado superior que no se impartan en la isla de Fuerteventura.

3. Estudios Oficiales de Postgrado: doctorados o másteres de especialización.

4. Estudios Oficiales Presenciales fuera de la isla en las siguientes categorías: Enseñanzas Artísticas
Superiores y Enseñanzas Profesionales de Música y/o Danza en centros académicos españoles, autorizados
por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o por las Comunidades Autónomas y cuyas enseñanzas tengan como fin la obtención de un título oficial, con validez en todo el territorio nacional.

Requisitos:

1 Ser español o poseer la nacionalidad de un estado miembro de la Unión Europea. En este último caso, se requerirá que el propio estudiante o sus sustentadores se encuentren trabajando en España. En el supuesto de estudiantes no comunitarios,se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre el Derecho y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social.

2 Tener residencia habitual e ininterrumpida en cualquier municipio de la isla de Fuerteventura, al menos durante 4 años, tomando como fecha final del cómputo el día 31 del mes en que se realiza la convocatoria.

3 Estar cursando los estudios mencionados en el apartado 1º de las presentes bases.

4 No podrán concederse becas-ayudas en el supuesto de alumnos universitarios que estén en posesión o reúnan los requisitos legales para la expedición de un título académico del mismo o superior nivel al correspondiente para el que solicita la ayuda.

5 El solicitante deberá tener en cuenta la finalidad para la que se concede esta ayuda, entendiéndose
como tal el coste del alquiler de una vivienda o el pago de las mensualidades de una plaza en un colegio
mayor o residencia universitaria (de naturaleza pública, privada o concertada) fuera de la isla de Fuerteventura, con el objeto de cursar algunos de los estudios indicados en el artículo 1º. de las presentes bases.

7 Quedan excluidas de las presentes bases los estudiantes de la UNED o de otros Centros de Formación a distancia o de Formación Virtual.

8 Se establece la complementariedad de esta ayuda con las becas de este Cabildo y la incompatibilidad
con otras becas o ayudas al estudio, cuya cuantía sea superior a 3.500,00 euros por cada curso académico
y por todas las modalidades (matrícula, transportes, residencias etc.).

Documentos asociados

Boletín: 02/12/2016
BO Provincia de Las Palmas- Nº 145
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento