Ayudas al Bienestar de los Animales.- Convocatoria 2022.

Código de ayuda:

S26191/22

Norma:

Orden MED/13/2022, de 25 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 25 de mayo de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2022, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones al desarrollo rural, aprobada en el PDR de Cantabria 2014-2020, cofinanciadas por el FEADER: Medida 14. Ayuda al bienestar de los animales, establecida en el artículo 33 del Reglamento (UE) nº 1305/2013. Esta medida pretende compensar a los ganaderos por realizar, de forma voluntaria, actuaciones tendentes a mejorar el bienestar específico del bovino de su cabaña ganadera y dar lugar a una mejora de la calidad de la producción ganadera.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Son animales elegibles todos los bovinos a excepción de los pertenecientes a las razas locales amenazadas: tudanca, monchina y pasiega.

El importe de la ayuda será de 51 €/UGM.

La cuantía de la ayuda se calculará de acuerdo con los siguientes tramos decrecientes:

Cuando las UGMs aprobadas en la medida sean igual o menor a 200, el importe máximo de la ayuda se aplicará al 100%.

Para el resto de UGMs aprobadas en la medida que se encuentren comprendidas entre mayor a 200 y menor o igual a 400, el importe máximo de la ayuda se aplicara al 50%.

Para el resto de UGMs aprobadas en la medida que se encuentren comprendidas entre mayor a 400 y menor o igual a 600, el importe máximo de la ayuda se aplicara al 25%.

Para las UGMs aprobadas en la medida por encima de 600, el importe será del 0%.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ganaderos y titulares de Explotaciones Ganaderas

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar las ayudas previstas en la presente convocatoria los titulares de explotaciones de ganado bovino ubicadas en Cantabria e inscritas en el Registro General de Explotaciones Ganaderas de Cantabria como producción/reproducción.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La mejora del bienestar de los animales.

Requisitos:

Ser agricultor activo conforme el artículo 9 del Reglamento 1307/2013.

Sólo se admitirán solicitudes de ayuda con un número mínimo de unidades primables de 4 UGM por solicitante.

Cumplir los requisitos pertinentes de condicionalidad para el bienestar animal según lo establecido en el Anexo II del Reglamento (UE) 1306/2013, la actividad agraria según lo establecido en el artículo 4 del Reglamento 1307/2013, la utilización y el uso racional y sostenible de los productos fitosanitarios recogidos en el Real Decreto 1311/2012 y la normativa sobre fertilizantes del Real Decreto 261/1996 y el Real Decreto 506/2013.

Cumplir toda la normativa vigente en materia de sanidad animal, higiene de la producción primaria e identificación y registro de explotaciones, y especialmente las medidas relativas a bienestar animal.

No haber sido sancionados mediante resolución firme en vía administrativa por infracciones en materia de sanidad, bienestar animal e identificación y registro de explotaciones, en los tres años anteriores a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, por infracciones graves a la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal y por infracciones muy graves a la Ley 3/1992, de 18 de marzo, de Protección de Animales.

Hallarse al corriente de las obligaciones tributarias, y con la Seguridad Social, así como estar al corriente con sus obligaciones con la Hacienda del Gobierno de Cantabria, y cumplir el resto de los requisitos previstos en el artículo 12.2 y 12.3 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Los titulares de explotaciones ganaderas beneficiarios de estas ayudas, deberán cumplir los siguientes compromisos:

Mantener un censo ganadero mínimo de las razas bovinas a subvencionar durante un año.

Quedan excluidas las razas locales amenazadas: tudanca, monchina y pasiega.

Mantener las prácticas beneficiosas para el bienestar animal adicionales durante un año

Documentos asociados

Boletín: 29/04/2022
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 82
Documento: Bases, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 29/04/2022
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 82
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento