Ayudas agroambientales gestionadas por el Departamento de Medio Ambiente.

Código de ayuda:

S03491/03

Norma:

Orden de 15 de septiembre de 2003; Orden de 19 de octubre de 2004.

Plazo de Solicitud:

Sin determinar.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer los beneficiarios, compromisos, incompatibilidades, primas y ámbito de aplicación correspondiente a parte de las medidas gestionadas por el Departamento de Medio Ambiente.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Departamento de Medio Ambiente y Turismo (Aragón)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Según las acciones subvencioables:
a) Titulares de explotación, compromisarios del 2001 o 2002, con superficie máxima la de acogida, que se han comprometido, durante 5 años, a retirar de la producción una superficie mínima de 1 ha.

b) Titulares de explotaciones agrarias, compromisarios del 2001 o 2002, con superficie máxima la de acogida, que posean parcelas ubicadas en alguna de las zonas definidas en el ámbito de aplicación y que se han comprometido al cumplimiento de los compromisos establecidos en esta medida por un periodo, al menos, de cinco años.

c) Propietarios o arrendatarios compromisarios de la medida en campañas anteriores, titulares de parcelas agrarias incluidas en los perímetros definidos para la prevención y extinción de incendios que tuvieran la superficie de las parcelas solicitadas incluidas en la declaración de superficies de herbáceos, leguminosas o proteaginosas en la campaña agrícola 1.999/2.000 como de secano. Se autorizan aumentos de compromiso menores del 50 % o 50 ha.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Extensificación de la producción agraria:
Medida 1.4 (Básica).—Retirada de tierras de la producción para la creación de espacios reservados para la fauna y conservación de la biodiversidad.
Medida 1.4.1 (Complementaria de la 1.4).—Retirada tierras en herbáceos de secano.

b) Protección de flora y fauna en humedales:
Medida 5.3 (Básica).—Sobresiembra de cereal.

c) Protección del paisaje y prácticas de prevención contraincendios:
Medida 8.3 (Básica).—Ayudas para el mantenimiento de cultivos alternativos en perímetros de protección prioritaria.

Documentos asociados

Boletín: 15/10/2003
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 124
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 20/11/2004
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 136
Documento: Convocatoria para 2005 Descargar Documento