Ayudas agroambientales en la Campaña Agrícola 2003/2004 y la indemnización compensatoria para el año 2004.

Código de ayuda:

S07791/03

Norma:

Orden AYG/1727/2003, de 22 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/01/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

a) Regular diferentes pagos para la campaña de comercialización 2004/2005.
b) Regular el procedimiento para efectuar las declaraciones de superficies forrajeras, de algodón, de tabaco y de lúpulo en el año 2004.
c) Convocar las ayudas de la medida agroambiental de mejora del
barbecho tradicional (barbecho blanco medioambiental), para la agricultura ecológica, del cultivo del girasol en secano y de sistemas de extensificación para la protección de la flora y la fauna en la campaña agrícola 2003/2004; así como de mantenimiento de razas autóctonas en peligro de extinción para el año 2004.
d) El desarrollo del Programa de Estepas Cerealistas de Castilla y León.
e) Convocar, para el año 2004, la indemnización compensatoria a las
explotaciones agrarias en zonas desfavorecidas.
f) Convocar para el 2004 otras "primas" especiales y compensatorias.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- Para los pagos por superficie correspondientes a cereales, oleaginosas (girasol, colza, soja y nabina) y retirada de tierras: 63,00 euros/t.
- Para los pagos por superficie correspondientes a proteaginosas: 63,00 euros/t.
- Para los pagos por superficie correspondientes a lino no textil, lino textil y cáñamo: 63,00 euros/t.
- Para el suplemento de pago por superficie para el trigo duro en zonas tradicionales: 313,00 euros/Ha.
- Para la ayuda especial al trigo duro en otras zonas: 93,00 euros/Ha.
- Para el pago compensatorio al arroz: 177,00 euros/Ha.
- Para los pagos por superficie a las leguminosas de grano (lentejas, garbanzos, vezas y yeros): 181,00 euros/Ha.
- Para la prima específica a la calidad de trigo duro: 40,00 euros/Ha.
- Para la prima a las proteaginosas: 55,57 euros/Ha.
- Para la ayuda a los cultivos energéticos: 45,00 euros/Ha.
- Para la ayuda de la medida agroambiental del cultivo de girasol en secano: 60,10 euros/Ha., excepto para la superficie acogida a su vez a la medida de sistemas de extensificación para la protección de la flora y la fauna, que en este caso será de 47,48 euros/Ha.

Para la prima especial a los productores de bovinos machos:
- Bovinos machos no castrados (toros): 210,00 euros por animal subvencionable.
- Bovinos machos castrados (bueyes): 150,00 euros por animal subvencionable y tramo de edad.
- Para la prima a los productores que mantengan vacas nodrizas: 200,00 euros por animal subvencionable.
- Para la prima nacional complementaria a los productores que mantengan vacas nodrizas: 24,15 euros por animal subvencionable.
- Para el pago por extensificación a los productores de bovinos machos y a los que mantengan vacas nodrizas: 100,00 euros por animal subvencionable.

Para la prima por sacrificio:
- Bovinos adultos (toros, bueyes, vacas y novillas a partir de 8 meses de edad): 80,00 euros por animal subvencionable.
- Terneros de más de 1 mes y menos de 7 meses de edad, con peso inferior a 160 kg/canal: 50,00 euros por animal subvencionable.
- Para el pago adicional en el sector del vacuno de carne, el importe unitario se determinará en función del número de animales que puedan optar a dicho pago, sin superarse el importe total de pagos adicionales en la Comunidad de Castilla y León de 6.695.295 euros, ni un importe unitario de 100,00 euros por animal y año: se incrementará un 50% en el caso de que los titulares de explotaciones agrarias y ganaderas sean personas jóvenes.
- Para la prima en beneficio de los productores de ovino y caprino: 21,00 euros por oveja para los productores que no comercialicen leche o productos lácteos de oveja y 16,80 euros por oveja o cabra para los productores que comercialicen leche o productos lácteos de oveja y para los productores de caprino.
- Para la prima complementaria a los productores de ovino y caprino en determinadas zonas desfavorecidas de la Comunidad Europea: 7,00 euros por oveja o cabra.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los titulares de explotaciones agrarias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El desarrollo de los Programas y acciones recogidos en el objeto de esta Orden.

Requisitos:

Sin especificar.

El plazo de presentación para la "Solicitud única", será entre el 12 de febrero y el 12 de marzo de 2004.
El plazo de presentación de solicitudes para los titulares de explotaciones agrarias que deseen acogerse a la prima especial a los productores de bovinos machos, será el comprendido entre el 2 de enero y el 31 de diciembre de 2004.
El plazo de presentación de solicitudes para los titulares que deseen acogerse a la prima por sacrificio, será el comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre, y en todo caso, en los siguientes períodos:
- Del 1 al 31 de marzo de 2004
- Del 1 al 30 de junio de 2004
- Del 1 al 30 de septiembre de 2004
- Del 1 de diciembre de 2004 al 15 de enero de 2005

Documentos asociados

Boletín: 31/12/2003
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 253
Documento: Convocatoria Descargar Documento