Ayudas, acogidas al régimen de minimis, para la realización de eventos sociales que dinamicen el medio rural y litoral de la CAPV, para el año 2023.

Código de ayuda:

S27428/23

Norma:

ORDEN de 16 de mayo de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de noviembre de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto convocar para el año 2023 ayudas destinadas a la promoción de eventos sociales para la dinamización del medio rural y litoral en la Comunidad Autónoma de Euskadi, que contribuyan a las siguientes finalidades:

a) Estimular la participación del sector privado y público en la financiación de eventos sociales en
el medio rural y litoral, que lo dinamicen.

b) Fomentar nuevos eventos sociales, así como consolidar aquellos que tengan un relevante impacto positivo en el medio rural y litoral.

c) Generar impacto económico en su ámbito de actuación.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas o jurídicas privadas o públicas que actúen como promotoras de eventos sociales en el medio rural o litoral de la CAE.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Gastos de contratación del personal para prestar servicios en la realización del evento para el
que se solicita la ayuda (se excluye el personal que forme parte de la plantilla de la entidad solicitante).

b) Arrendamiento de servicios profesionales para la realización del evento y actividades.

c) Alquileres de locales (excluido el alquiler de la sede social de la entidad beneficiaria).

d) Instalaciones y servicios técnicos para la realización de los eventos y actividades.

e) Gastos ligados a la publicidad y difusión de los eventos objeto de la ayuda.

f) Contratación de seguros obligatorios.

g) Trofeos o premios otorgados.

h) El IVA no recuperable con arreglo a la legislación nacional sobre IVA.

Requisitos:

a) Desarrollar la actividad subvencionada en una zona rural o litoral de la CAE, conforme a las zonas con grado de vulnerabilidad/litoralidad G1 a G6 y L1 a L7, definidas en el anexo II de esta orden.

b) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y al corriente de pago
de obligaciones por reintegro de subvenciones.

c) Comunicar si ha solicitado o no, y si se ha obtenido o no, subvenciones, ayudas, ingresos u otros
recursos económicos para el mismo gasto subvencionable, procedentes de cualquier administración
pública o entes tanto públicos como privados. En caso afirmativo, se deberá comunicar la identidad de
la entidad concedente de la ayuda y de su importe.

Asimismo, dicha comunicación deberá incorporar una declaración expresa referente a las demás ayudas de minimis recibidas durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio en curso.

d) En el caso de las personas jurídicas, estar legalmente constituidas y encontrarse inscritas en el
Registro correspondiente.

e) En el caso de asociaciones u organizaciones profesionales o empresariales o de otra índole, que operen en el ámbito agrario, tener presencia de mujeres en sus órganos de dirección como mínimo equilibrada.

Documentos asociados

Boletín: 06/06/2023
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 106
Documento: Bases y Convocatoria 2023 Descargar Documento