Ayudas a transportistas autónomos que abandonen la actividad.

Código de ayuda:

S08037/05

Norma:

Orden IND 13/2005, de 21 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/05/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar el abandono de la profesión de los transportistas de edad avanzada del sector del transporte público de mercancías por carretera.

Categorías Subvención

  • Transporte

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Industria, Trabajo y Desarrollo Tecnológico (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas que cumplan los requisitos establecidos con carácter general en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Requisitos:

Además y, en particular, deberán estar empadronados en la Comunidad Autónoma de Cantabria con fecha anterior al 1 de enero de 2005 y cumplir, a la fecha de presentación de la solicitud, los siguientes requisitos:
a) Ser transportistas autónomos, con edad superior o igual a los sesenta años e inferior a los sesenta y cinco, titulares, de forma ininterrumpida, durante los últimos diez años, de un máximo de dos autorizaciones de transporte público de mercancías para vehículo con capacidad de tracción propia, incluidas las de la clase TD, de ámbito nacional, comarcal o local.
b) Estar dados de alta en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social los últimos diez años de forma ininterrumpida, permitiéndose únicamente una sola interrupción por un plazo que no supere un mes.
c) Comprometerse a abandonar la actividad de transporte público en nombre propio, procediendo a la renuncia de todas las autorizaciones de que fuera titular, obligándose a devolver las ayudas obtenidas y los correspondientes intereses en caso de reiniciarla.

Documentos asociados

Boletín: 03/03/2005
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 43
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento