Ayudas a trabajos forestales promovidos por entidades locales (en adelante, EELL) y agentes privados, incluidas en las intervenciones 6881.1 Repoblación Forestal y Sistemas Agroforestales y 6881.4 Actuacionesforestales con objetivos medioambientales del PEPAC 2023-2027.
Código de ayuda:
S16064/26Norma:
RESOLUCIÓN 27/2026, de 19 de mayo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 8 de agosto de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Ayudas en aplicación de las intervenciones 6881.1Repoblación Forestal y 6881.4 Actuaciones forestales con objetivos medioambientales del PEPAC 2023-2027, promovidas por entidades locales (en adelante, EELL) y por personas agentes privadas. Todo ello, derivado del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento y del Consejo, de 2 de diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) número 1305/2013 y (UE) número 1307/2013, en particular, el artículo 118, apartado 6 de este último Reglamento (UE) 2021/2115.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor
NavarraConvoca:
Dirección General de Medio Ambiente (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Los límites máximos y mínimos de inversión auxiliables por expediente (suma de lo solicitado en intervenciones 6881.1 y 6881.4) serán:7.2.1.ª Para las solicitudes de trabajos forestales promovidos por EELL: máximo de 200.000
(doscientos mil) euros y el mínimo de 5.000 euros (cinco mil) por expediente en su conjunto (suma
de lo solicitado en las intervenciones 6881.1 y 6881.4).
En el caso de solicitudes que solamente incluyan plantaciones de terrenos cuya preparación se ha
subvencionado en campañas anteriores, mantenimientos de repoblaciones (limpiezas de verano,
reposición de marras, podas y otros mantenimientos) u otros mantenimientos de obligado
cumplimiento, subvencionados en campañas anteriores o ejecutados en su totalidad por el
Gobierno de Navarra, no les será aplicable el límite mínimo de inversión auxiliable.
7.2.2.ª Para solicitudes de trabajos forestales promovidos por Agentes privados: máximo de
150.000 (ciento cinco mil) euros y el mínimo de 2.000 (dos mil) euros por expediente (suma de lo
solicitado en las intervenciones 6881.1 y 6881.4).
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
(a) Las EELL que realicen los trabajos forestales descritos en terrenos forestales que gestionen.(b) Las personas físicas o jurídicas que, no siendo EELL, realicen como personas Agentes
privadas los trabajos forestales descritos en epígrafes posteriores, en terrenos forestales sobre los
cuales tengan autorización para actuar, sea por tener la propiedad de los mismos, sea por tener la
autorización o permiso de la propietaria, basada en otro título (arrendamiento, usufructo, cesión o
similar).
Documentos asociados
Boletín:
09/06/2026
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 111
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 111
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
