Ayudas a titulares de tendidos eléctricos para su corrección.

Código de ayuda:

S18900/20

Norma:

RESOLUCIÓN 61/2020, de 21 de abril. RESOLUCIÓN 27/2021, de 25 de marzo. RESOLUCIÓN 128/2022, del 5 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 21 de noviembre de 2022.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 20.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas bases tienen por objeto establecer el régimen de las ayudas destinadas a la corrección y adaptación a la normativa vigente de las líneas eléctricas, de cara a minimizar su afección sobre la avifauna.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Dirección General de Medio Ambiente (Navarra)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

La medida se dirige a titulares (personas físicas o jurídicas) de líneas eléctricas de alta tensión localizadas en las zonas de protección mencionadas anteriormente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. La financiación prevista por estas bases reguladoras sólo podrá concederse para la realización de los proyectos de adaptación de líneas eléctricas que cumplan los siguientes requisitos:

a) Aquellos proyectos y actuaciones para la corrección de líneas eléctricas aéreas de alta tensión con conductores desnudos, existentes a la entrada en vigor del Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto.

b) Los proyectos han de referirse a líneas eléctricas que figuren en el inventario de líneas eléctricas aéreas de alta tensión incluidas en la Resolución 70/2018, de 8 de marzo, de la Directora General de Medio Ambiente y ordenación del Territorio, por la que se determinan las líneas eléctricas de alta tensión situadas en las “Zonas de Protección” de Navarra que no se ajustan a las prescripciones técnicas establecidas en el Real Decreto 1432/2008 de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución.

c) Deberán contemplar actuaciones de corrección que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa vigente y en el Anexo 2.

d) Deberán llevarse a cabo y ser abonadas durante el periodo que va desde la solicitud de la presente subvención, hasta el 6 de noviembre de 2020.

e) No se subvencionarán los generadores en caso de ser necesarios para llevar a cabo la corrección.

f) En los gastos subvencionables no se incluye el IVA.

g) Se pueden incluir los estudios o proyectos que vayan ligados a la inversión.

2. No se subvencionarán los gastos generados antes del plazo de presentación de solicitudes.

Documentos asociados

Boletín: 18/05/2020
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 104
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 06/05/2021
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 104
Documento: Convocatoria 2021 Descargar Documento
Boletín: 22/09/2022
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 189
Documento: Convocatoria 2022 Descargar Documento