Ayudas a titulares de superficies que estuvieron integrados en determinados planes de mejora de la calidad y la comercialización de los frutos de cáscara y algarrobas.

Código de ayuda:

S01482/04

Norma:

Resolución de 12 de enero de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/12/2003

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Apoyar a los titulares de superficies que se hayan acogido a planes de mejora de la calidad y de la comercialización de frutos de cáscara y de las algarrobas.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Agricultura y Pesca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Máximo 120,75 euros/ha por cada Administración pública.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los titulares de superficies que se hayan acogido a planes de mejora de la calidad y de la comercialización de frutos de cáscara y de las algarrobas a que se refiere el Título II bis del Reglamento (CEE) 1035/72.
Las ayudas se abonarán a las personas mencionadas en el apartado anterior a través de las correspondientes organizaciones reconocidas de productores de frutas y hortalizas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Diferentes ayudas por superfície parcelaria.

Requisitos:

En las superficies mencionadas deben concurrir:
a) Haber estado incluidas en la certificación para la solicitud de ayuda de un plan de mejora que en el año 2002 haya cumplido su décima anualidad o para la obtención de la prórroga financiera a que se refiere el Reglamento (CE) 545/2002, o haber sido incluidas en algún plan aprobado en 1992 y certificadas en la solicitud de ayuda correspondiente a la anualidad 2001-2002 de un plan de mejora que no haya cumplido su décima anualidad.
b) Haber sido sometidas a las mejoras de técnicas de cultivo incluidas en los planes de mejora.
c) Estar incluidas entre los recursos productivos de una organización de productores reconocida de acuerdo con el artículo 11 del Reglamento (CE) 2200/96.

Se admitirán las solicitudes, tanto de la subvención autonómica como de la estatal, que se presenten en el plazo establecido en la Orden APA/3184/2003, de 14 de noviembre.

Documentos asociados

Boletín: 20/01/2004
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 9
Documento: Convocatoria Descargar Documento