Ayudas a titulares de salas de exhibición cinematográfica.- Convocatoria 2022.

Código de ayuda:

S48219/22

Norma:

ORDEN 1131/2022, de 13 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 27 de septiembre de 2022.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras de las ayudas que convoque la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para la concesión de subvenciones a titulares de salas de exhibición cinematográfica establecidas en la Comunidad de Madrid, mediante régimen de concurrencia competitiva, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, aprobado mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2021, y aprobar la convocatoria correspondiente al año 2022.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones
  • Equipamientos informáticos y Tecnología

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo que se destinará a la convocatoria de las ayudas es de 1.975.711 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas titulares de salas de exhibición cinematográfica o de complejos cinematográficos, así como agrupaciones de las mismas, de acuerdo con la definición que de dichos conceptos establecen los incisos l) y m) del artículo 4 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, respectivamente.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Digitalización y aplicación de nuevas tecnologías a la actividad de las salas de exhibición.

Al menos un 25% de la ayuda recibida deberá emplearse en este eje vinculado a cuestiones de conectividad, capacitación digital y uso de Internet e integración de la tecnología digital a la actividad de la empresa. Los gastos subvencionables podrán estar relacionados con las siguientes líneas de actuación:

a) Estudios de viabilidad de proyectos de transformación digital.

b) Comunicación y marketing digital.

c) Actualización de sistemas de ticketing.

d) Modernización de sistemas digitales de proyección, audio y conectividad, entre ellos los vinculados a la exhibición dirigida para personas con discapacidad.

e) Aplicación de inteligencia artificial y big data.

f) Digitalización de otros servicios

Adopción de medidas de desarrollo sostenible e impacto medioambiental positivo. Los gastos subvencionables podrán estar relacionados con las siguientes líneas de actuación:

a) Estudios que permitan identificar las posibles mejoras en diferentes áreas relacionadas con la sostenibilidad, la eficiencia energética de la empresa o la economía circular y desarrollo de planes de acción.

b) Capacitación e implantación de modelos de gestión basados en economía circular.

c) Inversiones que lleven a aumentar la eficiencia energética, por ejemplo, renovación de proyectores, de sistemas de iluminación u otros equipamientos.

d) Inversiones para la utilización de fuentes renovables y generación de electricidad para autoconsumo.

e) Inversiones en sistemas de reducción de residuos y mejora de los sistemas de reciclaje.

f) Formación al personal en eficiencia energética y gestión de residuos.

g) Otras iniciativas de desarrollo sostenible.

Fidelización y captación de públicos, e innovación en la programación y circulación de producciones europeas y en lenguas oficiales de España.

Los gastos subvencionables podrán estar relacionados con las siguientes líneas de actuación:

a) Prácticas y procesos de promoción y fidelización de públicos innovadores, por salas o por redes de salas. Por ejemplo, proyectos digitales colectivos de interacción con públicos, gestión de datos, sistemas de suscripción, nuevos servicios online, colaboraciones con plataformas u otros actores de la industria audiovisual.

b) Actividades vinculadas a programas escolares, educativos o de integración social y/o cultural.

c) Campañas de marketing de asistencia al cine en general o de ciertos grupos de población en particular.

d) Campañas de promoción de películas europeas, iberoamericanas, en una lengua oficial de España, desarrolladas con ayudas de la Comunidad de Madrid, realizadas por mujeres y/o que hayan obtenido el distintivo "Especialmente recomendada para el fomento de la igualdad de género”, realizadas por directores/as noveles, “Especialmente recomendadas para público infantil y juvenil”, o consideradas
“obras audiovisuales difíciles” según el Real Decreto 1084/2015.

e) Proyectos de desarrollo de comunidades de públicos centrados en la inclusión y el acceso.

f) Desarrollo de habilidades para captación de públicos. Esto puede incluir talleres y seminarios de formación, desarrollo de software y programas de educación y aprendizaje.

g) Desarrollo de actividades profesionales que tengan como objetivo la creación, la fidelización o el incremento de públicos audiovisuales para las salas.

Requisitos:

Además, para acceder a estas ayudas, las entidades solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar inscritas en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales con anterioridad a la publicación de la convocatoria y tener la sala o complejo cinematográfico ubicados en la Comunidad de Madrid.

b) Las salas de exhibición cinematográfica deben estar abiertas al público desde al menos seis meses antes de la publicación de la presente convocatoria, con un sistema de taquilla y declaración de ingresos.

c) Encontrarse legalmente constituidas con personalidad jurídica propia, y venir referidas a salas ubicadas y activas en la Comunidad de Madrid a la fecha de solicitud.

d) Estar dadas de alta, en el momento de presentación de la solicitud, en el correspondiente epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas y, tener un objeto o fin social acorde con el desarrollo de la actividad de proyección audiovisual.

Documentos asociados

Boletín: 28/07/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 178
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín: 30/08/2022
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 206
Documento: Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento